II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19255)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la categoría de Técnico Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Miércoles 25 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 117590

todo el tiempo que se alegue. Cuando proceda, y en sustitución de dichos documentos,
se aportará certificación oficial que acredite haber cotizado en el Régimen Especial o en
la Mutualidad correspondiente.
A estos efectos, se entiende por Administraciones Públicas las incluidas en la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, que dan lugar al reconocimiento de servicios previos
en la Administración Pública, no incluyéndose ni sociedades mercantiles de carácter
público ni fundaciones.
2.

Titulación Académica y otra formación universitaria oficial

Se valorarán las titulaciones académicas oficiales de nivel igual o superior a las
requeridas para el acceso a la categoría/escala objeto de la convocatoria, con un
máximo de cuatro puntos de la siguiente forma:
Para el Grupo A, Subgrupo A1:
Cuando el requisito de acceso sea el de Grado Universitario, Licenciatura,
Arquitectura o Ingeniería, se puntuará:
– Doctorado con cuatro puntos.
– Máster Universitario oficial con dos puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con un punto.
Cuando el requisito de acceso sea el de Grado Universitario junto con un Máster
Universitario habilitante para el ejercicio de una profesión regulada; Licenciatura,
Arquitectura o Ingeniería, habilitados para el ejercicio de profesión regulada, se puntuará:
– Doctorado con cuatro puntos.
– Máster Universitario oficial; siempre y cuando este Máster no sea el Máster
habilitante para el ejercicio de la profesión regulada, requerido en la convocatoria
con dos puntos.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Licenciatura, Arquitectura o
Ingeniería, adicional y distinta de la empleada para el acceso con un punto.
Para el Grupo A, Subgrupo A2:
El requisito de acceso será el de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura
Técnica o Ingeniería Técnica, y este apartado se puntuará:
– Doctorado con cuatro puntos.
– Máster Universitario oficial con dos puntos.
– Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, distinta de la empleada para el acceso
con un punto.
– Cualquier otra titulación de Grado Universitario, Diplomatura, Arquitectura Técnica
o Ingeniería Técnica, adicional y distinta de la empleada para el acceso con 0,50 puntos.

El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con cuatro puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con un punto.

cve: BOE-A-2024-19255
Verificable en https://www.boe.es

Para el Grupo B: