II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-19255)
Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la categoría de Técnico Intermedio de Prevención de Riesgos Laborales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117591
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con cuatro
puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con un punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con cuatro
puntos.
3.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de cuatro puntos, siempre que se acredite estar en
posesión del pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta
Qualificadora de Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de
Normalització Lingüística de la Universitat Politècnica de València o bien estar en
posesión de aquellos certificados que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de
marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a la
escala que a continuación se indica:
Nivel
Puntuación
C2
4,0
C1
3,2
B2
2,4
B1
1,6
A2
0,8
En caso de estar en posesión de certificados de dos o más niveles, se valorará
únicamente el certificado de mayor nivel:
En aquellos supuestos en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de valenciano únicamente serán considerados los
certificados de un nivel superior a éste.
http://www.upv.es/entidades/SPNL/info/criterisequivalencies2019.pdf
4.
Conocimiento de Inglés
Se valorará hasta un máximo de cuatro puntos, se reconocerán los títulos, diplomas
y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades
españolas acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza
Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia
lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente:
https://cdl.upv.es/el-centro/normativa
cve: BOE-A-2024-19255
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232
Miércoles 25 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 117591
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con cuatro
puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con un punto.
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con cuatro
puntos.
3.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de cuatro puntos, siempre que se acredite estar en
posesión del pertinente certificado de competencias expedido bien por la Junta
Qualificadora de Coneixements del Valencià o bien expedido por el Servei de
Normalització Lingüística de la Universitat Politècnica de València o bien estar en
posesión de aquellos certificados que constan en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de
marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, con arreglo a la
escala que a continuación se indica:
Nivel
Puntuación
C2
4,0
C1
3,2
B2
2,4
B1
1,6
A2
0,8
En caso de estar en posesión de certificados de dos o más niveles, se valorará
únicamente el certificado de mayor nivel:
En aquellos supuestos en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de valenciano únicamente serán considerados los
certificados de un nivel superior a éste.
http://www.upv.es/entidades/SPNL/info/criterisequivalencies2019.pdf
4.
Conocimiento de Inglés
Se valorará hasta un máximo de cuatro puntos, se reconocerán los títulos, diplomas
y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades
españolas acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza
Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia
lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente:
https://cdl.upv.es/el-centro/normativa
cve: BOE-A-2024-19255
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 232