I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2024-19169)
Real Decreto 959/2024, de 24 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Confederación Empresarial Española de la Economía Social (CEPES), dentro del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 25 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 117209

2. El Hub de Vanguardia se entiende como el epicentro de un sistema de
innovación estratégico, que incorpora una serie de actuaciones encaminadas a tres
objetivos fundamentales:
a) Elevar los niveles de emprendimiento colectivo y competitividad del tejido
empresarial de la economía social a través del desarrollo e implementación de
esquemas de innovación, contribuyendo a reducir las desigualdades e impulsar la
inclusión laboral de personas con capacidades diversas para contribuir a la
transformación social a través de las empresas de la economía social.
b) Vertebrar una plataforma de contenido capaz de hacer escalable el conocimiento
generado en red por empresas, instituciones y academia, constituyéndose como un
«think tank» y Centro Internacional de Prospectiva que estudie el papel de la empresa en
la reducción de las desigualdades y en la integración sociolaboral.
c) Aumentar la visibilidad y capacidad tractora de la economía social mediante la
conformación de un laboratorio de ideas que, sobre la evidencia empírica, evalúe el
impacto social, económico y medioambiental de la economía social y de las políticas
públicas desplegadas en esta materia y que actúe como Laboratorio Social a través de la
experimentación y el escalado de mejores prácticas.
3. Las actuaciones que se lleven a cabo con cargo a la subvención aprobada
mediante este real decreto permitirán a CEPES alcanzar el cumplimiento de los objetivos
mencionados y se estructurarán a través de, al menos, cuatro de las siguientes líneas de
acción:
a) Línea de acción 1: programa de viabilidad y sostenibilidad, a través de planes
estratégicos que orienten la actividad del Hub durante su puesta en marcha y
funcionamiento.
b) Línea de acción 2: diseño y creación de laboratorio de ideas, a través de la
convocatoria de personas expertas y especialistas en economía social.
c) Línea de acción 3: apoyo a la creación de una Red Internacional de Economía
Social, mediante la suma a las redes internacionales ya existentes o la propuesta de
foros de carácter internacional. Las redes serán de tres tipos: académica, empresarial
(empresas de economía social) e institucional. Todas serán internacionales.
d) Línea de acción 4: impulso a un programa de atracción de organismos
internacionales, con el objetivo de incluir el Hub como actor relevante a efectos de
coordinar investigaciones, políticas públicas y mecanismos de gobernanza. Creación de
un «think tank» para la realización de investigaciones de carácter político, económico,
social o tecnológico. Este «think tank» se encargará de tejer una red académica
internacional en economía social para importar buenas prácticas e implantar proyectos
internacionalmente.
e) Línea de acción 5: impulso de redes territoriales, con especial atención a
territorios con problemas de despoblación. El equilibrio de género, la juventud y la
inclusión de personas con diversidad funcional serán también objetivos prioritarios en la
extrapolación de casos de éxito a otras comunidades y territorios. Se establecerán, en
este sentido, programas de formación y asesoramiento para el fomento del
emprendimiento juvenil y femenino.
f) Línea de acción 6: programa de asesoramiento internacional y misiones,
mediante la asistencia técnica a aquellos países u organizaciones que solicitan el
intercambio de experiencias de la economía social en su ámbito.
g) Línea de acción 7: plan de visibilidad, a través de acciones de difusión que
generen valor añadido en los principales actores del ecosistema de la economía social.
h) Línea de acción 8: diseño de un centro internacional de prospectiva económico y
social, que permita generar mayor conocimiento e investigación de la economía social a
entornos cambiantes y sectores emergentes.
i) Línea de acción 9: contratos formativos, con especial incidencia en la población
educativa y universitaria.

cve: BOE-A-2024-19169
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 232