III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-19273)
Orden APA/1016/2024, de 13 de septiembre, por la que se definen los bienes y rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro base con garantías adicionales para uva de vinificación en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el Cuadragésimo Quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232

Miércoles 25 de septiembre de 2024

Riesgos cubiertos

Daños
cubiertos

Ámbitos

Sec. III. Pág. 117672

Variedades

Mildiu. Cantidad.

Comunidades Autónomas de
Andalucía, Castilla-La
Mancha, Extremadura, Illes
Balears, Comunidad de
Madrid, Región de Murcia y
Comunitat València/
Valenciana.

Todas.

Resto. Cantidad.

La totalidad del ámbito de
aplicación definido en el
artículo 1.

Todas.

Cantidad.

La totalidad del ámbito de
aplicación definido en el
artículo 1.

Todas.

Riesgos
Excepcionales.

Resto Adversidades
Climáticas.

(1) En las parcelas de viñedo de características específicas se deberán cumplir las condiciones que
figuran en el anexo VI.

ANEXO II
Características mínimas de las instalaciones
II.1 Generales.
Los materiales utilizados, tales como postes, alambres, cables, etc., deberán tener el
grosor adecuado y estar en buenas condiciones de uso, además los metálicos deben
permanecer sin herrumbres que afecten a la sección. En todo momento la sección libre
de corrosión debe ser superior al 70 % de la sección total de cada elemento.
Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben
cumplir:

El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.
El Asegurado deberá mantener en buen estado de conservación los distintos
materiales que componen la instalación, realizando los trabajos de manutención
necesarios para evitar la agravación del riesgo.
Para que las instalaciones que hayan superado la edad máxima asegurable, puedan
ser asegurables, será necesario aportar una certificación emitida por un técnico
independiente y visado, por el colegio profesional correspondiente, en el que se indique
que, aun habiendo superado dicha edad, cumple las características mínimas
establecidas en este anexo.
Esta certificación tendrá una validez de dos años.
Si se hubiera incluido en la declaración de seguro alguna instalación que haya
superado la edad asegurable, y no se hubiera remitido la certificación técnica indicada,
Agroseguro comunicará al tomador o asegurado por escrito esta circunstancia, dando un
plazo de 15 días para que se reciba en Agroseguro dicho certificado. A partir de este
plazo, si no se ha recibido la certificación, Agroseguro procederá a excluir las
instalaciones de la declaración de seguro y a devolver la prima íntegra de las mismas.

cve: BOE-A-2024-19273
Verificable en https://www.boe.es

Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados y sin
pudriciones.
Los postes de hormigón, deberán ser pretensados, no admitiéndose aquellos que
presenten grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los
mismos.
Los postes metálicos serán galvanizados.