III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-19048)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica de la "Actualización del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116655
protegidos. Además, los trazados de las redes de distribución en las que no exista
posibilidad de ubicación fuera de estos espacios deberían ser soterrados apoyadas en el
trazado de carreteras, caminos u otras infraestructuras ya existentes. Asimismo, la
instalación de renovables en espacios protegidos debe regirse por sus correspondientes
instrumentos de planificación territorial. A este respecto, los promotores señalan que las
medidas orientadas al despliegue e integración de las energías renovables integran lo
indicado por dicha Dirección General.
La mayor parte de las ONG, asociaciones ecologistas y otras entidades abogan
también por limitar la instalación de renovables en espacios naturales protegidos y de la
Red Natura 2000, así como Áreas Marinas Protegidas, principales corredores
migratorios de aves y otras especies, Sistemas Agrarios y Ganaderos de Alto Valor
Natural, zonas de importancia para las especies protegidas más allá de los espacios
protegidos; etc.
La declaración ambiental estratégica del PNIEC 2021-2030 indica que se evitará la
instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales
protegidos y Red Natura 2000. La potencial ocupación por instalaciones de energía
renovable dentro de espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 deberá ser
mínima y compatible con los instrumentos de ordenación y gestión de dichos espacios,
garantizando en todo momento el estado de conservación favorable de los valores
naturales por los cuales fueron designados. También se recomienda evitar la ocupación
de los espacios naturales protegidos, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y las áreas protegidas por
instrumentos internacionales.
Teniendo en cuenta las medidas y criterios que han sido asumidos por los
promotores en el estudio ambiental estratégico y las determinaciones ambientales
establecidas en la declaración ambiental estratégica del PNIEC 2021-2030, no se
considera necesario establecer determinaciones adicionales para la protección de los
espacios naturales protegidos.
Usos del suelo, ordenación del territorio y desarrollo socioeconómico.
Teniendo en cuenta las previsiones del PNIEC 2023-2030 sobre la eólica terrestre, la
implantación de nuevos parques eólicos supondrá una ocupación de terrenos de hasta
el 0,6 % del territorio nacional. Si bien, esta actividad es compatible con el mantenimiento
de usos agrarios y ganaderos, puede presentar interacciones con otros usos (cinegético,
recreativos, turísticos, etc.).
En el caso de la solar fotovoltaica, el desarrollo de nuevos parques conlleva la
conversión de terrenos agrícolas en áreas destinadas a la generación de energía
renovable, lo que plantea desafíos significativos para la agricultura y la seguridad
alimentaria. No obstante, de acuerdo con las previsiones del PNIEC 2023-2030, la
superficie que se prevé necesaria para el desarrollo de la fotovoltaica representa
el 0,4 % de la superficie de tierras de cultivos en España. Por otro lado, sobre el
aumento del consumo de aguas, como se indicó anteriormente, la producción de
hidrógeno verde implicará un consumo inferior al 0,1 % de la demanda agraria anual y
menos del 0,5 % de los recursos hídricos destinados al abastecimiento urbano del
territorio nacional.
Respecto a lo potenciales impactos sobre el sector pesquero, la actualización del
PNIEC no supone un aumento de potencia prevista en las renovables de origen marino,
por lo que no se prevé un incremento de los impactos evaluados en el marco de la
planificación vigente.
Como efectos positivos, el despliegue de instalaciones de generación eléctrica
renovable se identifica como una oportunidad para la dinamización económica, la
creación de empleo en el medio rural, la electrificación de núcleos aislados y el freno
del despoblamiento de estos entornos. Asimismo, promueve la diversificación y el
autoabastecimiento energético, reduce la dependencia energética de combustibles
cve: BOE-A-2024-19048
Verificable en https://www.boe.es
h.
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116655
protegidos. Además, los trazados de las redes de distribución en las que no exista
posibilidad de ubicación fuera de estos espacios deberían ser soterrados apoyadas en el
trazado de carreteras, caminos u otras infraestructuras ya existentes. Asimismo, la
instalación de renovables en espacios protegidos debe regirse por sus correspondientes
instrumentos de planificación territorial. A este respecto, los promotores señalan que las
medidas orientadas al despliegue e integración de las energías renovables integran lo
indicado por dicha Dirección General.
La mayor parte de las ONG, asociaciones ecologistas y otras entidades abogan
también por limitar la instalación de renovables en espacios naturales protegidos y de la
Red Natura 2000, así como Áreas Marinas Protegidas, principales corredores
migratorios de aves y otras especies, Sistemas Agrarios y Ganaderos de Alto Valor
Natural, zonas de importancia para las especies protegidas más allá de los espacios
protegidos; etc.
La declaración ambiental estratégica del PNIEC 2021-2030 indica que se evitará la
instalación de proyectos industriales de energías renovables en espacios naturales
protegidos y Red Natura 2000. La potencial ocupación por instalaciones de energía
renovable dentro de espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 deberá ser
mínima y compatible con los instrumentos de ordenación y gestión de dichos espacios,
garantizando en todo momento el estado de conservación favorable de los valores
naturales por los cuales fueron designados. También se recomienda evitar la ocupación
de los espacios naturales protegidos, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y las áreas protegidas por
instrumentos internacionales.
Teniendo en cuenta las medidas y criterios que han sido asumidos por los
promotores en el estudio ambiental estratégico y las determinaciones ambientales
establecidas en la declaración ambiental estratégica del PNIEC 2021-2030, no se
considera necesario establecer determinaciones adicionales para la protección de los
espacios naturales protegidos.
Usos del suelo, ordenación del territorio y desarrollo socioeconómico.
Teniendo en cuenta las previsiones del PNIEC 2023-2030 sobre la eólica terrestre, la
implantación de nuevos parques eólicos supondrá una ocupación de terrenos de hasta
el 0,6 % del territorio nacional. Si bien, esta actividad es compatible con el mantenimiento
de usos agrarios y ganaderos, puede presentar interacciones con otros usos (cinegético,
recreativos, turísticos, etc.).
En el caso de la solar fotovoltaica, el desarrollo de nuevos parques conlleva la
conversión de terrenos agrícolas en áreas destinadas a la generación de energía
renovable, lo que plantea desafíos significativos para la agricultura y la seguridad
alimentaria. No obstante, de acuerdo con las previsiones del PNIEC 2023-2030, la
superficie que se prevé necesaria para el desarrollo de la fotovoltaica representa
el 0,4 % de la superficie de tierras de cultivos en España. Por otro lado, sobre el
aumento del consumo de aguas, como se indicó anteriormente, la producción de
hidrógeno verde implicará un consumo inferior al 0,1 % de la demanda agraria anual y
menos del 0,5 % de los recursos hídricos destinados al abastecimiento urbano del
territorio nacional.
Respecto a lo potenciales impactos sobre el sector pesquero, la actualización del
PNIEC no supone un aumento de potencia prevista en las renovables de origen marino,
por lo que no se prevé un incremento de los impactos evaluados en el marco de la
planificación vigente.
Como efectos positivos, el despliegue de instalaciones de generación eléctrica
renovable se identifica como una oportunidad para la dinamización económica, la
creación de empleo en el medio rural, la electrificación de núcleos aislados y el freno
del despoblamiento de estos entornos. Asimismo, promueve la diversificación y el
autoabastecimiento energético, reduce la dependencia energética de combustibles
cve: BOE-A-2024-19048
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