II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-19019)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de septiembre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 116461
Prueba
6.1 El procedimiento que regirá el concurso será público y deberá permitir valorar,
en todo caso, el historial académico, docente e investigador de la persona candidata, su
proyecto investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y el
debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.
6.2 Las personas aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación
presentada por el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones
efectuadas por los miembros de la Comisión.
6.3 El acto de Presentación será público. Deberá entregarse la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que el concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Investigador por triplicado, que el concursante se propone desarrollar
en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador de la persona aspirante, su proyecto investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de las personas
candidatas, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas
candidatas.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de Presentación, la Presidencia de la Comisión hará público el
plazo fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la
documentación presentada por el resto con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 La prueba de este concurso será pública y consistirá en la exposición oral por la
persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados en
su currículum vitae y en la defensa de su proyecto investigador. Seguidamente la
Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos aspectos que estime
relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal
de la Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta elegida se hará pública en el lugar donde se haya efectuado la
prueba, así como en la página web del Área de Personal.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
cve: BOE-A-2024-19019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230
Lunes 23 de septiembre de 2024
6.
Sec. II.B. Pág. 116461
Prueba
6.1 El procedimiento que regirá el concurso será público y deberá permitir valorar,
en todo caso, el historial académico, docente e investigador de la persona candidata, su
proyecto investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición y el
debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública.
6.2 Las personas aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación
presentada por el resto de las personas candidatas y los informes o valoraciones
efectuadas por los miembros de la Comisión.
6.3 El acto de Presentación será público. Deberá entregarse la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que el concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Investigador por triplicado, que el concursante se propone desarrollar
en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador de la persona aspirante, su proyecto investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de las personas
candidatas, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de las personas
candidatas.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de las y los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.
En el mismo acto de Presentación, la Presidencia de la Comisión hará público el
plazo fijado por aquélla para que cualquier concursante pueda examinar la
documentación presentada por el resto con anterioridad al inicio de la prueba.
6.4 La prueba de este concurso será pública y consistirá en la exposición oral por la
persona aspirante, en un tiempo máximo de noventa minutos, de los méritos alegados en
su currículum vitae y en la defensa de su proyecto investigador. Seguidamente la
Comisión debatirá con la persona concursante sobre todos aquellos aspectos que estime
relevantes en relación con lo aportado o expuesto.
Finalizada la prueba, la Comisión deliberará y cada uno de sus miembros emitirá un
voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le merece cada uno de
los concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión. En caso de
unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado de la
Comisión.
6.5 Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en la página web del Área de Personal
de la Universidad de Cádiz.
6.6 La propuesta elegida se hará pública en el lugar donde se haya efectuado la
prueba, así como en la página web del Área de Personal.
7.
Propuesta de provisión
7.1 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación de todas las personas candidatas por orden de preferencia para su
nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso.
cve: BOE-A-2024-19019
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 230