III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-18983)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, para la concreción de sus obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración con la Agencia Europea de Seguridad Aérea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229

Sábado 21 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 116227

Ambas Partes, en el ejercicio de sus cargos y en representación de las citadas
entidades

I. Que, con fecha 14 de mayo de 2020, las Partes suscribieron un convenio con la
naturaleza jurídica de convenio marco, que tiene por objeto sentar la base de cuantas
futuras relaciones de colaboración puedan plantearse entre las Partes, respecto de su
participación en proyectos de cooperación y asistencia técnica internacionales
relacionadas con la seguridad aérea. Dicho convenio fue publicado en el BOE de 29 de
mayo de 2020.
II. Que, con fecha 22 de julio de 2023 se modificó, mediante adenda modificativa, la
cláusula primera del convenio para ampliar el objeto y ámbito material del mismo,
quedando redactada de la siguiente forma: «El presente convenio constituye la base de
cuantas futuras relaciones de colaboración puedan plantearse entre las Partes, respecto
de su participación en proyectos de cooperación y asistencia técnica internacionales
relacionados con la seguridad aérea financiados por la Unión Europea, por otros
organismos internacionales y/o por los Estados Miembros partícipes en dichos
organismos, con el fin de contribuir a los objetivos anteriormente mencionados. En
particular, se promoverá el fortalecimiento de los organismos y entidades responsables de
la aviación civil, colaborando en el desarrollo de su capacidad regulatoria, supervisora,
técnica y operativa con objeto de mejorar la calidad de su sector aeronáutico y contribuir a
la mejora y armonización de los estándares de seguridad aérea globales». Dicha adenda
modificativa fue publicada en el BOE de 16 de octubre de 2023.
III. Que, la cláusula segunda del convenio establece que cuantas oportunidades de
colaboración se identifiquen y sean objeto, tras su estudio y análisis, de presentación
conjunta, requerirá para su instrumentalización y eficacia de la redacción y firma por
ambas Partes del correspondiente convenio específico que recogerá para cada caso las
condiciones particulares de colaboración.
IV. Que, con fecha 20 de julio de 2020, las Partes suscribieron un convenio para el
desarrollo del convenio citado anteriormente, con una duración de cuatro (4) años y del
que trae causa la presente adenda modificativa, con el objeto de, según su cláusula
primera, establecer y articular la colaboración entre las AESA y SENASA respecto de su
participación en el acuerdo de Colaboración suscrito entre AESA y EASA el 22 de
noviembre de 2017, y sus anexos, cuya ejecución y gestión corresponde a AESA.
V. Que, la cláusula décima del mencionado convenio dispone que la duración inicial
del mismo será de cuatro (4) años, pudiendo prorrogarse por otro período de cuatro (4)
años adicional mediante acuerdo unánime de las Partes, el cual se formalizará mediante
la correspondiente adenda.
VI. Que de conformidad con lo expuesto y considerando que el periodo de eficacia
del convenio finaliza el 5 de agosto de 2024, ambas Partes acuerdan celebrar la
presente adenda de prórroga, con el firme compromiso de continuar consolidando sus
esfuerzos para alcanzar los objetivos establecidos en dicho convenio.
VII. Al formalizar esta prórroga, ambas Partes reconocen la importancia de seguir
colaborando en la implementación de actividades promovidas por EASA, las cuales se
derivan del acuerdo de colaboración mencionado en el expositivo IV. Con este fin
compartido, acuerdan la formalización de la presente adenda, de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

La presente adenda tiene por objeto formalizar la prórroga del periodo de duración
del convenio de fecha 20 de julio de 2020 suscrito entre AESA y SENASA, para la

cve: BOE-A-2024-18983
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