III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-18983)
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, para la concreción de sus obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración con la Agencia Europea de Seguridad Aérea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116226
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
18983
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Servicios
y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E.,
M.P., SA, para la concreción de sus obligaciones derivadas de la participación
en el acuerdo de colaboración con la Agencia Europea de Seguridad Aérea.
Con fecha 23 de julio de 2024, fue suscrita, previa tramitación correspondiente, la
adenda de prórroga al Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
del Reino de España (AESA) y Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la
Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, (SENASA), para la concreción de sus
obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración con la Agencia
Europea de Seguridad Aérea (EASA).
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación de la referida adenda de prórroga del convenio, como anexo a la presente
resolución.
Madrid, 20 de agosto de 2024.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, Montserrat Mestres Domènech.
ANEXO
Adenda de prórroga al convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea del Reino de España (AESA) y Servicios y Estudios para la Navegación
Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, (SENASA), para la concreción
de sus obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración
con la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA)
Madrid, 23 de julio de 2024.
De una parte, doña Montserrat Mestres Domènech, Directora de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea, (en adelante, «AESA») del Reino de España, nombrada por
acuerdo del Consejo Rector de 6 de mayo de 2022, en uso de las facultades que le
confiere el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto
de AESA y de acuerdo con la Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidencia de la
Agencia, por la que se delegan en el Director/a de la Agencia, entre otras, las
competencias de aprobación de convenios.
Y de otra, don Andrés Arranz Stancel, Presidente-Consejero Delegado de Servicios y
Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA (en
adelante, «SENASA»), habiendo sido renovado su nombramiento por acuerdo de la
Junta General de SENASA en su reunión de fecha 27 de septiembre de 2023, elevado a
público mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid don Santiago Alfonso
González López, el día 16 de octubre de 2023, bajo el número 2199 de su protocolo.
En lo sucesivo, AESA y SENASA, se denominarán colectivamente como las Partes o
entidades e individualmente como la Parte o entidad.
cve: BOE-A-2024-18983
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 229
Sábado 21 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 116226
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
18983
Resolución de 20 de agosto de 2024, de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Servicios
y Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E.,
M.P., SA, para la concreción de sus obligaciones derivadas de la participación
en el acuerdo de colaboración con la Agencia Europea de Seguridad Aérea.
Con fecha 23 de julio de 2024, fue suscrita, previa tramitación correspondiente, la
adenda de prórroga al Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
del Reino de España (AESA) y Servicios y Estudios para la Navegación Aérea y la
Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, (SENASA), para la concreción de sus
obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración con la Agencia
Europea de Seguridad Aérea (EASA).
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación de la referida adenda de prórroga del convenio, como anexo a la presente
resolución.
Madrid, 20 de agosto de 2024.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea, Montserrat Mestres Domènech.
ANEXO
Adenda de prórroga al convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea del Reino de España (AESA) y Servicios y Estudios para la Navegación
Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA, (SENASA), para la concreción
de sus obligaciones derivadas de la participación en el acuerdo de colaboración
con la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA)
Madrid, 23 de julio de 2024.
De una parte, doña Montserrat Mestres Domènech, Directora de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea, (en adelante, «AESA») del Reino de España, nombrada por
acuerdo del Consejo Rector de 6 de mayo de 2022, en uso de las facultades que le
confiere el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto
de AESA y de acuerdo con la Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidencia de la
Agencia, por la que se delegan en el Director/a de la Agencia, entre otras, las
competencias de aprobación de convenios.
Y de otra, don Andrés Arranz Stancel, Presidente-Consejero Delegado de Servicios y
Estudios para la Navegación Aérea y la Seguridad Aeronáutica, S.M.E., M.P., SA (en
adelante, «SENASA»), habiendo sido renovado su nombramiento por acuerdo de la
Junta General de SENASA en su reunión de fecha 27 de septiembre de 2023, elevado a
público mediante escritura autorizada por el Notario de Madrid don Santiago Alfonso
González López, el día 16 de octubre de 2023, bajo el número 2199 de su protocolo.
En lo sucesivo, AESA y SENASA, se denominarán colectivamente como las Partes o
entidades e individualmente como la Parte o entidad.
cve: BOE-A-2024-18983
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