III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2024-18914)
Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Canarias, para la programación conjunta en la evaluación de convocatorias de ayudas enmarcadas dentro de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115975
cooperación de forma que las actuaciones de política científica y tecnológica que la
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura lleva a cabo cuenten con la
evaluación científico-técnica de la Agencia Estatal de Investigación, asegurando con ello
la aplicación de los principios de objetividad, independencia y eficiencia en la asignación
de los recursos públicos.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es la cooperación entre la Agencia Estatal de
Investigación (AEI) y la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura que
actúa, a través, de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la
Información (ACIISI), para la programación conjunta de los proyectos presentados a las
convocatorias de subvenciones a «Proyectos de Generación de Conocimiento» o
equivalentes dentro del ámbito de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e
Innovación y que acuerden las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento, por la
Agencia Estatal de Investigación, facilitando la evaluación de aquellas solicitudes de
ayuda que, habiendo obtenido una evaluación favorable en la mencionada convocatoria,
no hubieran alcanzado la prioridad necesaria para ser financiadas, puedan recibir
financiación en las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización de
proyectos I+D Aplicada de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Para ello, el informe de la comisión de evaluación contendrá una relación de
proyectos con calificación mayor que 65 que, no habiendo alcanzado la prioridad
suficiente para ser financiados, hayan superado los umbrales correspondientes, sean
susceptibles de serlo en las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización
de proyectos I+D que publique la Comunidad Autónoma de Canarias. A tal efecto,
siempre que la entidad solicitante lo acepte expresamente en el formulario de solicitud de
la convocatoria de la AEI o mediante declaración expresa suscrita al respecto, y concurra
a la convocatoria de la Comunidad Autónoma de Canarias, podrá transferirse a ésta por
parte de la AEI el resultado de la evaluación efectuada.
Segunda.
Actuaciones.
Deben haber obtenido en la convocatoria de proyectos de generación de
conocimiento una puntuación mayor a 65, habiendo superado todos los umbrales
establecidos para cada criterio de evaluación.
No haber resultado seleccionadas para su financiación en el procedimiento de
concesión de ayudas a proyectos de generación de conocimiento.
Los solicitantes deben haber autorizado en el formulario de solicitud de participación
en el procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de generación de conocimiento
o equivalentes, o mediante declaración expresa suscrita al respecto, la transferencia de
su evaluación a los fines descritos en el objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2024-18914
Verificable en https://www.boe.es
La ACIISI, teniendo en cuenta las solicitudes presentadas a su convocatoria de
ayudas, solicitará a la AEI el resultado de la evaluación realizada en la convocatoria de
proyectos de generación de conocimiento o equivalentes de aquellas que fueron
desestimadas.
La AEI facilitará a la ACIISI los resultados de las evaluaciones solicitadas siempre
que las solicitudes cumplan lo siguiente:
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115975
cooperación de forma que las actuaciones de política científica y tecnológica que la
Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura lleva a cabo cuenten con la
evaluación científico-técnica de la Agencia Estatal de Investigación, asegurando con ello
la aplicación de los principios de objetividad, independencia y eficiencia en la asignación
de los recursos públicos.
En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se
regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es la cooperación entre la Agencia Estatal de
Investigación (AEI) y la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura que
actúa, a través, de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la
Información (ACIISI), para la programación conjunta de los proyectos presentados a las
convocatorias de subvenciones a «Proyectos de Generación de Conocimiento» o
equivalentes dentro del ámbito de la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e
Innovación y que acuerden las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento, por la
Agencia Estatal de Investigación, facilitando la evaluación de aquellas solicitudes de
ayuda que, habiendo obtenido una evaluación favorable en la mencionada convocatoria,
no hubieran alcanzado la prioridad necesaria para ser financiadas, puedan recibir
financiación en las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización de
proyectos I+D Aplicada de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Para ello, el informe de la comisión de evaluación contendrá una relación de
proyectos con calificación mayor que 65 que, no habiendo alcanzado la prioridad
suficiente para ser financiados, hayan superado los umbrales correspondientes, sean
susceptibles de serlo en las convocatorias de subvenciones destinadas a la realización
de proyectos I+D que publique la Comunidad Autónoma de Canarias. A tal efecto,
siempre que la entidad solicitante lo acepte expresamente en el formulario de solicitud de
la convocatoria de la AEI o mediante declaración expresa suscrita al respecto, y concurra
a la convocatoria de la Comunidad Autónoma de Canarias, podrá transferirse a ésta por
parte de la AEI el resultado de la evaluación efectuada.
Segunda.
Actuaciones.
Deben haber obtenido en la convocatoria de proyectos de generación de
conocimiento una puntuación mayor a 65, habiendo superado todos los umbrales
establecidos para cada criterio de evaluación.
No haber resultado seleccionadas para su financiación en el procedimiento de
concesión de ayudas a proyectos de generación de conocimiento.
Los solicitantes deben haber autorizado en el formulario de solicitud de participación
en el procedimiento de concesión de ayudas a proyectos de generación de conocimiento
o equivalentes, o mediante declaración expresa suscrita al respecto, la transferencia de
su evaluación a los fines descritos en el objeto del presente convenio.
cve: BOE-A-2024-18914
Verificable en https://www.boe.es
La ACIISI, teniendo en cuenta las solicitudes presentadas a su convocatoria de
ayudas, solicitará a la AEI el resultado de la evaluación realizada en la convocatoria de
proyectos de generación de conocimiento o equivalentes de aquellas que fueron
desestimadas.
La AEI facilitará a la ACIISI los resultados de las evaluaciones solicitadas siempre
que las solicitudes cumplan lo siguiente: