III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2024-18920)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista y la cuota para su financiación en el año de gas 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 116012

miles de euros). Su valor se establece, así como el de los términos para su cálculo, para
el periodo regulatorio 2024-2026, en el resuelve segundo, punto 2, de la Resolución
de 16 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
ascendiendo a 25.007 miles de euros.
El importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,
𝐺𝑇𝑆
𝐶𝑅2025
, sigue lo establecido en el artículo 9 de la Circular 1/2020, devengándose un

tercio cada año del periodo regulatorio, del saldo de la cuenta fijado para el periodo. Su
valor se establece en el resuelve segundo, punto 2, de la Resolución de 16 de marzo
de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, siendo de 1.667
miles de euros. La Resolución de 5 de julio de 2024, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, establece en el resuelve segundo que el saldo sobrante de
la cuenta regulatoria al término de 2023 que se incorpora a la cuenta regulatoria del
periodo 2024-2026 asciende a 1.324 miles de euros y, en consecuencia, el saldo de la
cuenta regulatoria del periodo 2024-2026 es de 6.324 miles de euros. No obstante, el
importe de 1.324 miles de euros no genera retribución adicional en el periodo 2024-2026,
sino que permite que puedan justificarse gastos adicionales con cargo a la cuenta
regulatoria en dicho periodo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Circular 1/2020, de 9 de
enero, modificado por la Circular 2/2023, se ha incorporado una estimación del término
𝐺𝑇𝑆

de retribución por incentivos,𝑅𝑥𝐼𝑛𝑐2025 , consistente con un nivel de cumplimiento
máximo, sin perjuicio del ajuste de la diferencia con el nivel de cumplimiento que se
determine posteriormente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 de la
Circular 1/2020, de 9 de enero, modificado por la Circular 2/2023. Los límites inferior y
superior del término de retribución por incentivos para el periodo regulatorio 2024-2026,
quedan establecidos en el –2 % y +2 % de acuerdo con el resuelve segundo, punto 2, de
la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia. Por tanto, el término de retribución por incentivos asciende a 500 miles de
euros para el año de gas 2025.
𝐺𝑇𝑆

Para la retribución del año de gas 2025, el término 𝐷2025 recoge los ajustes que se
muestran en la siguiente tabla. Las diferencias con signo positivo indican importes a
pagar al GTS y, las diferencias con signo negativo, importes a devolver por el GTS.
Término D en la retribución del año de gas 2025
Miles de
euros

Diferencias entre retribución y cuota

Diferencia definitiva n–2.
Artículo 12.3 (Circular 1/2020, modificado por
Circular 2/2023).

Retribución 2023.

16.038

Ingresos recuperados por cuota
2023.

17.165

Diferencia 2023.

–1.127

Diferencia provisional 2023
reconocida en la retribución del
año de gas 2024.

–3.696

Diferencia 2023 a reconocer en la
retribución del año de gas 2025
(definitiva).

2.569

cve: BOE-A-2024-18920
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Núm. 228