III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Sistema gasista. (BOE-A-2024-18920)
Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista y la cuota para su financiación en el año de gas 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228

Viernes 20 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 116013

Miles de
euros

Diferencia provisional n–1.
Artículo 12.3 (Circular 1/2020, modificado por
Circular 2/2023).

Retribución 2024.

23.148

Ingresos recuperados por cuota
2024.

24.140

Diferencia 2024 a reconocer en la
retribución del año de gas 2025
(provisional).

Diferencia 2022.
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la
CNMC.

–992

Retribución 2022.

27.943

Ingresos recuperados por cuota
2022.

31.684

Diferencia 2022.

–3.741

Diferencia 2022 reconocida en la
retribución del año de gas 2024.

–3.741

Diferencia 2022 a reconocer en la
retribución del año de gas 2025.

0

Diferencias por incentivos

Incentivos 2023.
Artículo 13.2 (Circular 1/2020, modificado por
Circular 2/2023).

Estimación provisional 2022.

500

Importe definitivo 2022.

205

Diferencia 2022 a reconocer en la
retribución del año de gas 2025.

–295

Estimación provisional 2023.

375

Importe definitivo 2023.

184

Diferencia 2023 a reconocer en la
retribución del año de gas 2025.

𝑫𝑮𝑻𝑺
𝟐𝟎𝟐𝟓

–191
1.091

𝐺𝑇𝑆

En el año de gas 2025, el término 𝐷2025 recoge la diferencia, positiva o negativa,
entre las cantidades percibidas por el gestor técnico del sistema por la aplicación de la
cuota en 2023 (17.165 miles de euros) y la retribución anual de ese mismo año (16.038
miles de euros), detrayendo la estimación provisional de la diferencia reconocida en la
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se establece la cuota para la financiación de la retribución del
gestor técnico del sistema para el año de gas 2024 (–3.696 miles de euros, a devolver
por el GTS). Esto resulta en un saldo a pagar al GTS de 2.569 miles de euros.
De acuerdo con la Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia, el término D en 2025 también recoge el ajuste entre
la aplicación de la cuota en 2022 (31.684 miles de euros) y la retribución anual de ese
año (27.943 miles de euros). En dicha resolución este ajuste no era definitivo porque la
facturación de los meses de octubre a diciembre de 2022 se incluye en la liquidación del
año de gas 2023, la cual no se dispone hasta julio de 2024. Teniendo en cuenta que en
la Resolución de 28 de septiembre de 2023 el dato provisional por aplicación de la cuota
en 2022 del que se disponía también era de 31.684 miles de euros y, por tanto, ya se
reconoció una diferencia de –3.741 miles de euros, a devolver por el GTS, el ajuste
definitivo resulta en un saldo de 0 miles de euros.
Además, el término D en 2025 recoge la estimación provisional de la diferencia entre
la aplicación de la cuota en 2024 (24.140 miles de euros) y la retribución anual de ese

cve: BOE-A-2024-18920
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Incentivos 2022.
Disposición transitoria 4.ª (Circular 1/2020,
añadida por Circular 2/2023).