III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18908)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas, para la gestión del Canal de Bardenas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115926
de servicio, desbroces del camino de servicio y banqueta, así como el acondicionamiento
y pequeñas reparaciones de colectores.
Limpieza de los pozos de los puntos de medición SAIH y mantenimiento de las
escalas para el control de los niveles, en los tramos encomendados. La CGRCB
comunicará a la CHE cualquier incidencia en estos puntos de medición.
La realización de dichas tareas se llevará a cabo de forma paulatina en los distintos
tramos de Canal y acequias principales y por el presupuesto de la CGRCB que se
acuerde en la Comisión de Seguimiento.
Dado que el personal laboral de la CGRCB será el que principalmente circule por los
tramos encomendados, este personal colaborará con la CHE en materia de inspección
de la infraestructura.
La CHE aprobará y supervisará las tareas de mantenimiento para evitar duplicidades
con las previsiones del presupuesto de gastos e inversiones de la CHE.
Fase 2.
Comprende desde el 1 de marzo de 2028 hasta el 1 de marzo de 2031.
En esta fase se mantienen las mismas actuaciones de explotación y mantenimiento
encomendados en la fase anterior y se amplían a las siguientes:
1) Funciones relacionadas con la Explotación-Gestión del agua:
El servicio de aforos de la CGRCB definirá, ordenará, coordinará y aprobará el
conjunto de las maniobras definidas en el anexo n.º 5 del Canal de Bardenas, Canal de
Pardina y acequias principales. La supervisión se realizará por la CHE.
Maniobra de apertura y cierre, así como el mantenimiento ordinario de todas las
tomas y compuertas definido en el anexo n.º 5 del Canal de Bardenas, Canal de Pardina
y de las acequias principales.
2)
Funciones relacionadas con el Mantenimiento ordinario de la obra civil:
Realizar el mantenimiento ordinario de la obra civil definido en el anexo n.º 5, en el
Canal de Bardenas (incluyendo el tramo III), Canal de Pardina y acequias principales, así
como en su red de desagües y colectores generales y elementos auxiliares, quedando
expresamente al margen las obras definidas en el anexo n.º 6, que seguirán siendo
competencia de la CHE.
La CHE aprobará y supervisará las tareas de mantenimiento para evitar duplicidades
con las previsiones del presupuesto de gastos e inversiones de la CHE.
Durante este periodo, se mantiene la supervisión de todas las tareas por parte de la
CHE, debiéndolas aprobarlas previamente y la CGRCB colaborará con la CHE en tareas
de inspección de la infraestructura.
Quinta.
Normas generales de aplicación en las diferentes fases.
a) Las normas generales sobre tomas, horarios de apertura y cierre, fórmulas de
consumo y validez de los aforos serán fijadas por la CHE, con base en las autorizaciones
de aprovechamientos de caudal concedido.
En todo momento, la CHE se reserva el derecho de modificar dichas maniobras para
una mejor explotación-gestión del agua del sistema.
Durante todo el periodo de duración de esta encomienda, los valores de caudales
serán suministrados mediante el «Servicio de Aforos». Los equipos de control y gestión
de caudales que instale la CGRCB deberán ser interoperables con el SAIH y
susceptibles de integración en la red de la CHE.
b) En todo momento, la CGRCB se compromete a comunicar en el plazo y forma
que fije el Servicio 3.º de Explotación de la CHE, los datos relativos a las maniobras
realizadas, así como la lectura de las escalas de acequias y cualquier dato necesario
cve: BOE-A-2024-18908
Verificable en https://www.boe.es
Con independencia de lo expuesto en la cláusula anterior, se aplicarán las siguientes
directrices:
Núm. 228
Viernes 20 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115926
de servicio, desbroces del camino de servicio y banqueta, así como el acondicionamiento
y pequeñas reparaciones de colectores.
Limpieza de los pozos de los puntos de medición SAIH y mantenimiento de las
escalas para el control de los niveles, en los tramos encomendados. La CGRCB
comunicará a la CHE cualquier incidencia en estos puntos de medición.
La realización de dichas tareas se llevará a cabo de forma paulatina en los distintos
tramos de Canal y acequias principales y por el presupuesto de la CGRCB que se
acuerde en la Comisión de Seguimiento.
Dado que el personal laboral de la CGRCB será el que principalmente circule por los
tramos encomendados, este personal colaborará con la CHE en materia de inspección
de la infraestructura.
La CHE aprobará y supervisará las tareas de mantenimiento para evitar duplicidades
con las previsiones del presupuesto de gastos e inversiones de la CHE.
Fase 2.
Comprende desde el 1 de marzo de 2028 hasta el 1 de marzo de 2031.
En esta fase se mantienen las mismas actuaciones de explotación y mantenimiento
encomendados en la fase anterior y se amplían a las siguientes:
1) Funciones relacionadas con la Explotación-Gestión del agua:
El servicio de aforos de la CGRCB definirá, ordenará, coordinará y aprobará el
conjunto de las maniobras definidas en el anexo n.º 5 del Canal de Bardenas, Canal de
Pardina y acequias principales. La supervisión se realizará por la CHE.
Maniobra de apertura y cierre, así como el mantenimiento ordinario de todas las
tomas y compuertas definido en el anexo n.º 5 del Canal de Bardenas, Canal de Pardina
y de las acequias principales.
2)
Funciones relacionadas con el Mantenimiento ordinario de la obra civil:
Realizar el mantenimiento ordinario de la obra civil definido en el anexo n.º 5, en el
Canal de Bardenas (incluyendo el tramo III), Canal de Pardina y acequias principales, así
como en su red de desagües y colectores generales y elementos auxiliares, quedando
expresamente al margen las obras definidas en el anexo n.º 6, que seguirán siendo
competencia de la CHE.
La CHE aprobará y supervisará las tareas de mantenimiento para evitar duplicidades
con las previsiones del presupuesto de gastos e inversiones de la CHE.
Durante este periodo, se mantiene la supervisión de todas las tareas por parte de la
CHE, debiéndolas aprobarlas previamente y la CGRCB colaborará con la CHE en tareas
de inspección de la infraestructura.
Quinta.
Normas generales de aplicación en las diferentes fases.
a) Las normas generales sobre tomas, horarios de apertura y cierre, fórmulas de
consumo y validez de los aforos serán fijadas por la CHE, con base en las autorizaciones
de aprovechamientos de caudal concedido.
En todo momento, la CHE se reserva el derecho de modificar dichas maniobras para
una mejor explotación-gestión del agua del sistema.
Durante todo el periodo de duración de esta encomienda, los valores de caudales
serán suministrados mediante el «Servicio de Aforos». Los equipos de control y gestión
de caudales que instale la CGRCB deberán ser interoperables con el SAIH y
susceptibles de integración en la red de la CHE.
b) En todo momento, la CGRCB se compromete a comunicar en el plazo y forma
que fije el Servicio 3.º de Explotación de la CHE, los datos relativos a las maniobras
realizadas, así como la lectura de las escalas de acequias y cualquier dato necesario
cve: BOE-A-2024-18908
Verificable en https://www.boe.es
Con independencia de lo expuesto en la cláusula anterior, se aplicarán las siguientes
directrices: