II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-18785)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de septiembre de 2024
12.
Sec. II.B. Pág. 115388
Tratamiento de datos personales
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del Tratamiento: Universidad Politécnica de Madrid.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la
persona interesada es parte o para la aplicación a petición de ésta de medidas
precontractuales. Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable a la persona responsable del tratamiento.
Finalidad: selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o comunicaciones: al Registro de Personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín oficial correspondiente (BOE, BOCM, BOUPM). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto de
que la persona candidata se incorpore a la UPM, durante el tiempo necesario para el
mantenimiento de la relación con la misma. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación.
Ejercicio de derechos: La persona interesada puede ejercer los derechos previstos
en la legislación sobre protección de datos a través de la sede electrónica de la UPM.
13.
Norma final
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las
actuaciones de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y
forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social.
Los aspirantes al participar en el proceso selectivo quedan sometidos a las bases de
la presente convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las
reclamaciones pertinentes. El Tribunal de Selección está facultado para resolver las
dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de
las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas bases.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.
cve: BOE-A-2024-18785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227
Jueves 19 de septiembre de 2024
12.
Sec. II.B. Pág. 115388
Tratamiento de datos personales
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del Tratamiento: Universidad Politécnica de Madrid.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la
persona interesada es parte o para la aplicación a petición de ésta de medidas
precontractuales. Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable a la persona responsable del tratamiento.
Finalidad: selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o comunicaciones: al Registro de Personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín oficial correspondiente (BOE, BOCM, BOUPM). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto de
que la persona candidata se incorpore a la UPM, durante el tiempo necesario para el
mantenimiento de la relación con la misma. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación.
Ejercicio de derechos: La persona interesada puede ejercer los derechos previstos
en la legislación sobre protección de datos a través de la sede electrónica de la UPM.
13.
Norma final
Las presentes bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las
actuaciones de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y
forma previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 36/2011, de 10 de octubre,
reguladora de la Jurisdicción Social.
Los aspirantes al participar en el proceso selectivo quedan sometidos a las bases de
la presente convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las
reclamaciones pertinentes. El Tribunal de Selección está facultado para resolver las
dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de
las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en estas bases.
Madrid, 12 de septiembre de 2024.–El Rector, Guillermo Cisneros Pérez.
cve: BOE-A-2024-18785
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 227