III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18707)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Pisuerga-Sector G (Palencia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115168

El Plan Hidrológico vigente, en su anejo 12 «Programa de Medidas» incluye la medida
«Modernización de regadíos. Modernización Canal de Pisuerga. Sector G» con los
códigos 6403909, 6405964 y 6405968, encuadrada en el Tipo 03 de medidas para
reducción de la presión por extracción de agua, Subtipo 03.01 de mejora de eficiencia en el
uso del agua. El Plan prevé que dicha medida provoque, en el horizonte 2027 y en lo
relativo al sector G, una reducción de la dotación bruta de 6.000 a 4.803 m3/ha/año, y una
reducción de la demanda bruta de 17,06 a 13,65 hm3/año (reducción de 3,49 hm3/año,
equivalente a un 20 %). Esta actuación del programa de medidas debe beneficiar a las
masas de agua situadas aguas abajo de la captación del Canal del Pisuerga, y en primer
lugar a la masa de agua muy modificada río Pisuerga 7, que no alcanza el buen potencial
ecológico en el nuevo ciclo de planificación (2022-2027), así como también a la siguiente
masa Pisuerga 8. Por otra parte, el Plan Hidrológico también prevé en su anejo 6
Asignación y reserva de recursos, para el conjunto de sectores de la zona regable
(UDA-2000072) abastecida por el Canal del Pisuerga y entre los escenarios 2021 y 2027,
mantener la superficie regada en 9.297 ha, pero reducir las asignaciones de 55,781 hm3/año
a 46,790 hm3/año, y en consecuencia reducir las dotaciones brutas de 6.000 m3/ha/año
a 5.033 m3/ha/año. Para los escenarios 2033 y 2039, el Plan Hidrológico prevé mantener la
misma asignación y dotación bruta de 2027.
Sin embargo, estas previsiones del vigente Plan Hidrológico no podrán cumplirse con
el proyecto de modernización del Sector G, que, de acuerdo con la información adicional
recibida del promotor, prevé ampliar la superficie realmente regada de 1.847,73 ha
a 2.842,67 ha, aumentar su demanda bruta de 9,83 hm3/año a 17,06 hm3/año, y
aumentar su dotación bruta de 5.319 m3/ha/año a 6.000 m3/ha/año. El proyecto
provocará un efecto contrario al previsto en el Programa de Medidas del Plan
Hidrológico.
A pesar de lo que indican los anteriores datos y de las reducciones en asignaciones y
dotaciones brutas introducidas por la última revisión del Plan Hidrológico, el documento
de información complementaria del promotor concluye que como en el Plan se
mantienen las dotaciones para el Canal del Pisuerga, el proyecto no producirá ningún
efecto en el régimen hidrológico de las masas de agua superficiales de donde se capta el
agua, y como medida correctora únicamente propone que se asegure el cumplimiento
del caudal ecológico en las masas de agua afectadas.
En este último ámbito, analizada la información del anejo 4 del Plan Hidrológico
sobre caudales ecológicos en su apéndice III «Incumplimientos mensuales. Serie corta»,
se observa que mientras para la masa de agua Pisuerga 6, situada aguas arriba de la
toma del Canal del Pisuerga, se estima un 15,8 % de meses con fallo en el caudal
ecológico, para la masa de agua Pisuerga 7, directamente afectada por la toma del
Canal del Pisuerga, dicho porcentaje de fallos asciende al 34,9 %, con un 59,7 % de
fallos en los meses de verano (de julio a octubre).
A la vista de la información complementaria remitida el 18 de julio de 2023 por el
promotor, de acuerdo con el artículo 40.5. de la Ley de evaluación ambiental, con
fecha 15 de septiembre de 2023 se requirió nuevo informe a la Confederación
Hidrográfica del Duero, para que se pronunciase sobre la compatibilidad del proyecto
con el vigente Plan Hidrológico del Duero (2022-2027). En particular, en relación con su
asignación para esta zona de riego, con su tipología en el programa de medidas y su
efecto esperado de reducción de la presión por extracciones y con el respeto del régimen
de caudales ecológicos de las masas de agua afectadas.
En respuesta al requerimiento realizado por esta Dirección General, la Confederación
Hidrográfica del Duero remitió un segundo informe, en el que indicaba que la
documentación aportada no le permitía emitir informe de compatibilidad con el Plan
Hidrológico en el sentido que establecen los artículos 97 y 108 del Reglamento de
Dominio Público Hidráulico (expedientes concesionales), confirmando la superficie
(9.297 ha) y volumen (55,782 hm3/año) indicados en la concesión. Asimismo, indicaba
que la superficie que figura en el elenco de la Confederación es mayor (11.065,56 ha)
por haberlo extendido a la poligonal que definió un Decreto de 5 de mayo de 1966

cve: BOE-A-2024-18707
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Núm. 226