III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18706)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico San Lorenzo C, de 27,829 MW de potencia instalada para su hibridación con el parque eólico existente San Lorenzo C, de 28,125 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Valladolid".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Miércoles 18 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115153

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la
Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto
ambiental a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico San Lorenzo C,
de 27,829 MW de potencia instalada para su hibridación con el parque eólico existente
San Lorenzo C, de 28,125 MW, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en
la provincia de Valladolid», en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la
evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe
desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos
naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
1.

Condiciones al proyecto.

i)

Condiciones generales:

(1) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, en tanto no
contradigan lo establecido en la presente resolución.
(2) El proyecto deberá cumplir con toda la normativa estatal, regional y local
aplicable al proyecto en todas y cada una de sus fases, en particular la relativa a ruido y
contaminación acústica, así como en materia de residuos.
(3) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales».
ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para
los impactos más significativos.
A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas: las
medidas adicionales establecidas en los informes recibidos en el procedimiento que se
consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente; así como las
que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

(4) Las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos irán hincadas al terreno,
sin utilizar hormigón u otros materiales análogos. Únicamente, se admitirá la cimentación
para anclarlos al terreno ante imposibilidad técnica incuestionable, previa justificación y
solicitud a la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de
Castilla y León. Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los
módulos no se podrán pavimentar ni cubrir con grava o zahorra. En aquellos caminos
principales que por su uso previsto requieran de actuaciones de consolidación, estas se
realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el entorno. El trazado soterrado de la
línea de 30 kV de interconexión de la planta fotovoltaica con la subestación ST San
Lorenzo 30/220 KV deberá discurrir coincidiendo con las plataformas de los caminos y
viales existentes, nunca abriendo nuevos viales.
Vegetación:
(5) Los diferentes elementos del proyecto deberán respetar las superficies de
monte, linderos con alineaciones de vegetación arbórea y arbustiva, así como el
arbolado disperso, tanto en las superficies ocupadas por matorral como junto al borde de
los caminos. Se mantendrán, en todo lo posible, los árboles y pequeñas manchas de

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