III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-18715)
Resolución de 12 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud, por la que se publica el Convenio con la Iniciativa para la Humanización de la Asistencia al Nacimiento y la Lactancia, para la promoción, protección y apoyo a la lactancia materna y potenciación de la humanización de la asistencia al nacimiento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226

Miércoles 18 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 115209

IHAN. Será de aplicación, en lo que se refiere al Ministerio de Sanidad a lo previsto en el
Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen
institucional y regula la producción documental y el material impreso en la Administración
General del Estado.
Así mismo debe cumplir la Resolución de 15 de junio de 2022, de la Secretaría de
Estado de Función Pública, por la que se actualiza la Guía de Comunicación Digital para
la Administración General del Estado.
Octava. Comisión de Seguimiento.
Se constituye, para el desarrollo del presente convenio, una Comisión de
Seguimiento que estará presidida por la persona titular de la Dirección General de Salud
Pública y Equidad en Salud (DGSPyES), o persona en quien delegue.
Formarán parte de la Comisión:
– Al menos dos personas designadas por la Presidencia de la IHAN.
– Al menos dos personas designadas por la persona titular de la DGSPyES.
La Comisión se reunirá a petición de las partes y al menos tres veces durante la
vigencia del convenio, siendo al menos una dentro de los diez días siguientes desde la
inscripción del convenio en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, y otra dentro de los diez días previos a su
finalización. Durante la primera reunión, la Comisión definirá la planificación de las
actuaciones específicas para desarrollar los compromisos de las partes.
Las competencias de esta Comisión son las establecidas en la Ley de Régimen
Jurídico del Sector Público: seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
En la Comisión de Seguimiento la IHAN presentará la memoria parcial de 2024,
memoria parcial de 2025 y la memoria final 2024-2026, que incluirán el desglose de los
gastos y los justificantes correspondientes a cada uno de los tres pagos. Posteriormente,
la Subdirección de Promoción, Prevención y Equidad en Salud elaborará un informe del
cumplimiento de los requisitos establecidos para el reconocimiento de las obligaciones
económicas.
Además, la Comisión resolverá las dudas y controversias que pudieran surgir en la
interpretación y aplicación del mismo, ajustando su funcionamiento a lo previsto en la
sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Novena.

Régimen jurídico y resolución de controversias.

Décima.

Consecuencias en caso de incumplimiento.

El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las
partes tendrá como consecuencia la extinción del convenio tal y como se especifica en la
estipulación duodécima.

cve: BOE-A-2024-18715
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio tendrá carácter administrativo, en virtud de lo previsto en el
artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y se regirá, en lo no previsto en sus cláusulas, por lo dispuesto en el capítulo VI
del título preliminar de la citada ley.
Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y
aplicación del presente convenio, y que no puedan ser resueltas en el seno de la
Comisión de Seguimiento, se resolverán de conformidad con las normas aplicables en
Derecho, y serán de la competencia de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.