III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios. (BOE-A-2024-18704)
Resolución de 10 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado, en materia de acceso a la información notarial por parte de la Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115112
las partes firmantes manifiestan su voluntad de colaboración mutua, de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre el
Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Consejo General del Notariado para el
acceso por la Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad
Social de las Empresas a los datos incluidos en el Índice Único Informatizado y en la
base de datos de Titularidades Reales (BDTR) de su interés, así como facilitar la
solicitud y obtención de documentación relativa a operaciones concretas (copia simple
de documentos notariales: escrituras, actas y pólizas).
La naturaleza de estas peticiones quedará circunscrita exclusivamente a aquellos
actos jurídicos que afecten a las sociedades cooperativas (cuyo NIF comienza por la
letra F), de acuerdo con las competencias asumidas por la Subdirección General de la
Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas en el exponendo V, y
cuyo detalle se concretará en la Comisión de Seguimiento recogida en la cláusula sexta
del presente convenio.
Condiciones de acceso y utilización.
La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de
las Empresas, a través del usuario o usuarios previamente autorizados, sólo formulará
peticiones de información notarial en el ámbito del presente convenio cuando su interés
en la obtención de las mismas se realice para el cumplimiento de sus funciones.
Una copia impresa o en formato digital de la información obtenida podrá incorporarse
a los correspondientes expedientes de la Subdirección General de la Economía Social y
de la Responsabilidad Social de las Empresas, sin perjuicio de la información que de
conformidad con la normativa vigente deba formar parte de los procedimientos de
gestión de los bienes, a efectos de su realización, destrucción, etc. Asimismo, la
Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las
Empresas se compromete a no incorporar dichos datos a bases de datos o ficheros
informatizados que puedan ser susceptibles de consulta individualizada por personas
físicas o jurídicas ajenas a su función y ello, aunque se exprese la procedencia de la
información.
La información podrá solicitarse telemáticamente durante las veinticuatro horas del
día, todos los días de la semana. Queda a salvo el derecho a interrumpir el servicio por
las necesidades de mantenimiento del sistema o por cualquier otra causa que obligue a
ello, no siendo responsable el servidor de información de la falta de servicio que pudiera
derivarse de causas fortuitas.
Con el fin de cumplir con lo dispuesto tanto en la Directiva (UE) 2016/680 como en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de
mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección,
investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones
penales, y con el fin de establecer un mecanismo que permita la identificación de forma
inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de
información, el CGN establece las siguientes condiciones para la utilización del sistema:
a) La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social
de las Empresas identificará en cada petición de forma inequívoca, mediante un usuario
único autorizado por persona, en cada petición de información.
cve: BOE-A-2024-18704
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 115112
las partes firmantes manifiestan su voluntad de colaboración mutua, de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer las líneas de colaboración entre el
Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Consejo General del Notariado para el
acceso por la Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad
Social de las Empresas a los datos incluidos en el Índice Único Informatizado y en la
base de datos de Titularidades Reales (BDTR) de su interés, así como facilitar la
solicitud y obtención de documentación relativa a operaciones concretas (copia simple
de documentos notariales: escrituras, actas y pólizas).
La naturaleza de estas peticiones quedará circunscrita exclusivamente a aquellos
actos jurídicos que afecten a las sociedades cooperativas (cuyo NIF comienza por la
letra F), de acuerdo con las competencias asumidas por la Subdirección General de la
Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas en el exponendo V, y
cuyo detalle se concretará en la Comisión de Seguimiento recogida en la cláusula sexta
del presente convenio.
Condiciones de acceso y utilización.
La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de
las Empresas, a través del usuario o usuarios previamente autorizados, sólo formulará
peticiones de información notarial en el ámbito del presente convenio cuando su interés
en la obtención de las mismas se realice para el cumplimiento de sus funciones.
Una copia impresa o en formato digital de la información obtenida podrá incorporarse
a los correspondientes expedientes de la Subdirección General de la Economía Social y
de la Responsabilidad Social de las Empresas, sin perjuicio de la información que de
conformidad con la normativa vigente deba formar parte de los procedimientos de
gestión de los bienes, a efectos de su realización, destrucción, etc. Asimismo, la
Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las
Empresas se compromete a no incorporar dichos datos a bases de datos o ficheros
informatizados que puedan ser susceptibles de consulta individualizada por personas
físicas o jurídicas ajenas a su función y ello, aunque se exprese la procedencia de la
información.
La información podrá solicitarse telemáticamente durante las veinticuatro horas del
día, todos los días de la semana. Queda a salvo el derecho a interrumpir el servicio por
las necesidades de mantenimiento del sistema o por cualquier otra causa que obligue a
ello, no siendo responsable el servidor de información de la falta de servicio que pudiera
derivarse de causas fortuitas.
Con el fin de cumplir con lo dispuesto tanto en la Directiva (UE) 2016/680 como en el
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de
mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección,
investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones
penales, y con el fin de establecer un mecanismo que permita la identificación de forma
inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de
información, el CGN establece las siguientes condiciones para la utilización del sistema:
a) La Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social
de las Empresas identificará en cada petición de forma inequívoca, mediante un usuario
único autorizado por persona, en cada petición de información.
cve: BOE-A-2024-18704
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.