I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2024-18619)
Real Decreto 921/2024, de 17 de septiembre, por el que se modifican diversas bases reguladoras de subvenciones en materia de desarrollo rural, y se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2024 de las ayudas aprobadas por el Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 114757

Administración podrá consultar o recabar los citados documentos, salvo que el
interesado se opusiera a ello.
b) La memoria detallada del proyecto, que deberá contener la siguiente
información:
1.º Los objetivos que se pretenden alcanzar en función de las temáticas que se
aborden en el proyecto, de conformidad con lo establecido en el dispositivo primero de
esta convocatoria.
2.º El programa de las actuaciones del proyecto, que incluirá la relación de
actividades que se pretenden realizar, así como su contenido y duración.
3.º Periodo de ejecución y localización territorial de las actividades que se prevé
realizar, indicando también las provincias.
4.º Descripción del perfil de potenciales asistentes, incluyendo su edad, número
previsto y sexo.
5.º Presupuesto desglosado según los módulos establecidos en el dispositivo
cuarto. El presupuesto consistirá en la relación de las actividades que se prevé realizar,
con indicación del tipo de jornada y módulo aplicable, número de asistentes y horas e
importe de gasto previsto.
6.º Perfil académico y profesional requerido a las personas ponentes que participen
en las actividades. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2.e) del Real
Decreto 146/2019, de 15 de marzo, las personas ponentes deberán disponer de
titulación universitaria o formación profesional de grado superior o experiencia laboral
demostrable y reciente, relacionadas con la materia impartida.
7.º Certificado en el que se hagan constar las actividades realizadas en los dos
últimos años en el campo de la promoción de mujeres rurales, en el ámbito de lo previsto
en esta convocatoria.
c) Declaración responsable de la persona representante de la entidad solicitante en
la que consten las ayudas solicitadas en el presente ejercicio, procedentes de las
Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados.
d) Declaración responsable de tener reconocido el derecho de exención del
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto general Indirecto Canario (IGIC), o, en
su caso, la última declaración del mismo.
e) Declaración responsable de que la entidad solicitante no es deudora por
resolución de procedencia de reintegro de subvenciones, según el artículo 25 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones junto con
el compromiso a seguir cumpliendo este requisito durante el tiempo en que se desarrolle
el procedimiento.
f) Declaración responsable de que la entidad no está incursa en las prohibiciones
para obtener la condición de beneficiaria, de acuerdo con el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, excepto en lo que respecta a la letra e) de dicho
artículo, cuya acreditación se realizará conforme a lo previsto en el artículo 9.4 y por los
medios electrónicos recogidos en el artículo 10 del Real Decreto 146/2019, de 15 de
marzo.
g) Declaración responsable de que no se trate de entidades sujetas a una orden de
recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya
declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
h) Declaración responsable de que no se trate de entidades calificadas como
empresa en crisis de acuerdo con la normativa europea.
i) Declaración responsable de que la entidad cumple los requisitos previstos en el
Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
a las ayudas de minimis.
2. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el Real Decreto 146/2019,
de 15 de marzo, y en esta convocatoria, el órgano competente requerirá a la entidad

cve: BOE-A-2024-18619
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Núm. 226