I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Vehículos históricos. Reglamento. (BOE-A-2024-18614)
Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 114703
De ello se exceptúan las normas objeto de modificación por las disposiciones finales
segunda y tercera de este real decreto, que seguirán amparándose en el título
competencial invocado en la norma objeto de modificación.
Disposición final séptima.
Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el 1 de octubre de 2024.
Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2024-18614
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
Núm. 226
Miércoles 18 de septiembre de 2024
Sec. I. Pág. 114703
De ello se exceptúan las normas objeto de modificación por las disposiciones finales
segunda y tercera de este real decreto, que seguirán amparándose en el título
competencial invocado en la norma objeto de modificación.
Disposición final séptima.
Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el 1 de octubre de 2024.
Dado en Madrid, el 10 de septiembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2024-18614
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA