III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-18607)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras, para la financiación del estudio de las infraestructuras de saneamiento de O Barco de Valdeorras y sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de mejora de la red de saneamiento en O Barco de Valdeorras (Ourense). Fase 1. Actuaciones en A Pobra, Mariñan, Avda. Portugal y Forcadela.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114635
Octava. Obligaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que éste asuma su gestión, explotación, mantenimiento y conservación.
5. Poner a disposición del ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. Facilitar la documentación técnica sobre las instalaciones que sea necesaria
para la tramitación de las autorizaciones correspondientes.
7. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Asumir la titularidad dominical de la infraestructura y los terrenos a partir del día
siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula
séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la obra
ejecutada, asumiendo todos los derechos, así como las obligaciones y cargas inherentes
a dicha titularidad. Esta obligación incluirá, entre otros, los deberes de desbroce, tala,
defensa del suelo o vegetación que sean requeridos por la normativa vigente en cada
momento para evitar riesgos de inundación, erosión, incendio o cualquier otro tipo de
perturbación del medio ambiente o de la seguridad y salud públicas. Todo ello sin
perjuicio de las autorizaciones que el ayuntamiento deba solicitar para la realización de
dichas actividades en atención a la legislación vigente.
3. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución
del convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto
una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al ayuntamiento la acreditación del cumplimiento de
esta obligación en el plazo que a tal efecto se le indique.
4. El Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras continuará siendo el responsable de
la explotación del saneamiento durante el desarrollo de las obras recogidas en el
presente convenio; debiendo correr con todos los gastos (de explotación, mantenimiento,
etc.). No obstante lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se
compromete, dentro de la redacción del proyecto, la planificación de las obras y la
ejecución de las mismas, a mantener, siempre que técnicamente sea viable, el servicio
en las mejores condiciones posibles.
cve: BOE-A-2024-18607
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán al Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras las siguientes
obligaciones:
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114635
Octava. Obligaciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., las siguientes
obligaciones:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones precisas para ejecutar el convenio hasta su terminación
definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al ayuntamiento, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de entrega, para
que éste asuma su gestión, explotación, mantenimiento y conservación.
5. Poner a disposición del ayuntamiento lo construido, de modo que cumplan las
condiciones técnicas y legales necesarias para su funcionamiento.
6. Facilitar la documentación técnica sobre las instalaciones que sea necesaria
para la tramitación de las autorizaciones correspondientes.
7. La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. quedará obligada durante la
duración del plazo de garantía, de un año, a la reparación de aquellos defectos
imputables a la ejecución y que se manifiesten con posterioridad al acto de recepción.
Esta garantía se refiere exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los
desperfectos por un uso inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos,
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. Asumir la titularidad dominical de la infraestructura y los terrenos a partir del día
siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la cláusula
séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de la obra
ejecutada, asumiendo todos los derechos, así como las obligaciones y cargas inherentes
a dicha titularidad. Esta obligación incluirá, entre otros, los deberes de desbroce, tala,
defensa del suelo o vegetación que sean requeridos por la normativa vigente en cada
momento para evitar riesgos de inundación, erosión, incendio o cualquier otro tipo de
perturbación del medio ambiente o de la seguridad y salud públicas. Todo ello sin
perjuicio de las autorizaciones que el ayuntamiento deba solicitar para la realización de
dichas actividades en atención a la legislación vigente.
3. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución
del convenio, de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda. A este respecto
una vez aprobado definitivamente el proyecto por parte de la Confederación Hidrográfica
del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al ayuntamiento la acreditación del cumplimiento de
esta obligación en el plazo que a tal efecto se le indique.
4. El Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras continuará siendo el responsable de
la explotación del saneamiento durante el desarrollo de las obras recogidas en el
presente convenio; debiendo correr con todos los gastos (de explotación, mantenimiento,
etc.). No obstante lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se
compromete, dentro de la redacción del proyecto, la planificación de las obras y la
ejecución de las mismas, a mantener, siempre que técnicamente sea viable, el servicio
en las mejores condiciones posibles.
cve: BOE-A-2024-18607
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán al Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras las siguientes
obligaciones: