III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Federación Española de Pelota. Estatutos. (BOE-A-2024-18604)
Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pelota.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225

Martes 17 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 114584

6. Los directivos y altos cargos de la Federación Española de Pelota deberán
suministrar información relativa a las relaciones de índole contractual, comercial o
familiar que mantengan con proveedores o entidades que tengan vínculos comerciales o
profesionales con la citada entidad.
CAPÍTULO II
Buen gobierno
Artículo 68.
1. La Federación Española de Pelota deberá disponer de un Código de Buen
Gobierno con el objeto de mejorar las actuaciones y criterios en materia de composición,
principios democráticos y funcionamiento de sus órganos de gestión, regulación de los
conflictos de intereses, implementación de acciones de desarrollo y solidaridad,
implantación de mecanismos de control, fomento de la ejemplaridad en la gestión y
representación de entes federados y asociados, prevención de ilícitos de cualquier orden
y establecimiento de una estructura transparente, íntegra y organizada en el desarrollo
de su actividad.
2. Después de cada proceso de elección a la Presidencia, la Federación Española
de Pelota aprobará un plan de riesgo relativo al gobierno corporativo, adoptándose las
medidas adecuadas.
3. El Código de Buen Gobierno incluirá el establecimiento de un sistema de
autorización de operaciones donde se determinará quién o quiénes deben aprobar, con
su firma, en función de su cuantía, cada una de las operaciones que realice la
Federación Española de Pelota, regulando un sistema de separación de funciones en el
que ninguna persona pueda intervenir en todas las fases de una transacción.
4. El seguimiento del Código de Buen Gobierno corresponderá a terceros
independientes o a un órgano interno formado por personas sin vinculación alguna de
carácter económico o profesional con la Federación Española de Pelota que podrán ser
miembros de la Asamblea General. Los informes o documentos que resulten de dicho
seguimiento se harán públicos en la web de la Federación Española de Pelota.
5. La Federación Española de Pelota elaborará anualmente un Informe de Buen
Gobierno, que someterán a aprobación de la Asamblea General. En dicho informe se
concretará el grado de cumplimiento de las recomendaciones efectuadas o, en caso
contrario, se determinarán las razones por las que no se han cumplido. El informe, una
vez aprobado por la Asamblea General, será remitido al Consejo Superior de Deportes.
CAPÍTULO III
Transparencia
Artículo 69.
La Federación Española de Pelota harán público en sus páginas web:

i. Los estatutos, reglamentos y normas internas de aplicación general.
ii. La estructura organizativa, con identificación de las personas que integran los
órganos de gobierno y determinación de los responsables del ejercicio de las funciones
directivas.
iii. Sede física, horario de atención al público, teléfono y dirección de correo
electrónico.
iv. El presupuesto aprobado por la Asamblea General.
v. La liquidación del presupuesto del año anterior.
vi. El informe de auditoría de cuentas y los informes de la comisión de control
económico.

cve: BOE-A-2024-18604
Verificable en https://www.boe.es

1.