III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-18587)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y SEA-Asociación de Centros de Idiomas, para su reconocimiento como entidad evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114428
II. Que SEA-Asociación de Centros de Idiomas es una organización civil sin fines
de lucro, creada por Resolución DPPJ n° 2914 y registrada con personería jurídica
número 15.038, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar dentro
de su ámbito de actuación, y tiene como finalidad promover la enseñanza de idiomas,
incluyendo el español como lengua extranjera, la calidad, la cultura y desarrollar
acciones que favorezcan la coordinación y actuación en estos campos, y que estos fines,
dado su carácter educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto
Cervantes.
III. Que el Instituto Cervantes, para promover la difusión de la lengua y la cultura en
español decidió, entre otras medidas, crear el «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC, en adelante), un sello de calidad al que pueden postular
aquellos centros de enseñanza de español como lengua extranjera (ELE, en adelante)
que quieren ser reconocidos como «Centros Acreditados por el Instituto Cervantes»
porque han hecho de esta actividad una línea de su desarrollo docente y porque prestan
servicios de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los requisitos y estándares que
establece el Instituto Cervantes.
IV. Que la obtención del reconocimiento como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes», tanto para centros de ELE en España como fuera de España se regula
mediante el procedimiento de acreditación y de evaluación que establece el SACIC. La
acreditación del SACIC corresponde al Instituto Cervantes, y prevé también la
colaboración con el Instituto Cervantes de otras instituciones en la evaluación. Así, el
Instituto Cervantes, para cumplir los objetivos del SACIC, comparte la actividad de
evaluación con otras instituciones especializadas en evaluación de la calidad y la
enseñanza de ELE, a las que reconoce como Entidades Evaluadoras para la labor de
evaluación de centros de ELE en el marco del SACIC.
V. Que el Instituto Cervantes y SEA, Asociación de Centros de Idiomas,
suscribieron el 13 de noviembre de 2020 un convenio por el que el Instituto Cervantes
reconocía a SEA, Asociación de Centros de Idiomas, como entidad evaluadora del
«Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes» (SACIC) y es voluntad de las
partes resolver ese convenio anterior y suscribir el presente convenio para reconocer a
SEA-Asociación de Centros de Idiomas como entidad evaluadora del SACIC.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda en fecha 2 de julio de 2024.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de
fecha de 28 de abril de 2011 aprobó el Sistema de Acreditación de Centros ELE para
favorecer e impulsar la aplicación de estándares internacionales comunes a la
enseñanza de español como lengua extranjera (ELE), tanto en España como el exterior y
en su sesión de fecha de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma
de convenios con universidades y otras instituciones académicas.
En consecuencia, de todo lo anterior, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto reconocer a SEA-Asociación de Centros de
Idiomas de forma no exclusiva como Entidad Evaluadora del SACIC (en adelante,
Entidad Evaluadora) para la realización de las distintas tareas de evaluación de que
dispone este sistema de acreditación de centros de ELE, en los términos previstos en el
presente convenio.
El Instituto Cervantes, a través de su equipo técnico especializado, ha diseñado el
esquema de evaluación, de acreditación y la metodología para la evaluación, así como
cve: BOE-A-2024-18587
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114428
II. Que SEA-Asociación de Centros de Idiomas es una organización civil sin fines
de lucro, creada por Resolución DPPJ n° 2914 y registrada con personería jurídica
número 15.038, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar dentro
de su ámbito de actuación, y tiene como finalidad promover la enseñanza de idiomas,
incluyendo el español como lengua extranjera, la calidad, la cultura y desarrollar
acciones que favorezcan la coordinación y actuación en estos campos, y que estos fines,
dado su carácter educativo, son concurrentes o complementarios con los del Instituto
Cervantes.
III. Que el Instituto Cervantes, para promover la difusión de la lengua y la cultura en
español decidió, entre otras medidas, crear el «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC, en adelante), un sello de calidad al que pueden postular
aquellos centros de enseñanza de español como lengua extranjera (ELE, en adelante)
que quieren ser reconocidos como «Centros Acreditados por el Instituto Cervantes»
porque han hecho de esta actividad una línea de su desarrollo docente y porque prestan
servicios de enseñanza y aprendizaje de acuerdo a los requisitos y estándares que
establece el Instituto Cervantes.
IV. Que la obtención del reconocimiento como «Centro Acreditado por el Instituto
Cervantes», tanto para centros de ELE en España como fuera de España se regula
mediante el procedimiento de acreditación y de evaluación que establece el SACIC. La
acreditación del SACIC corresponde al Instituto Cervantes, y prevé también la
colaboración con el Instituto Cervantes de otras instituciones en la evaluación. Así, el
Instituto Cervantes, para cumplir los objetivos del SACIC, comparte la actividad de
evaluación con otras instituciones especializadas en evaluación de la calidad y la
enseñanza de ELE, a las que reconoce como Entidades Evaluadoras para la labor de
evaluación de centros de ELE en el marco del SACIC.
V. Que el Instituto Cervantes y SEA, Asociación de Centros de Idiomas,
suscribieron el 13 de noviembre de 2020 un convenio por el que el Instituto Cervantes
reconocía a SEA, Asociación de Centros de Idiomas, como entidad evaluadora del
«Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes» (SACIC) y es voluntad de las
partes resolver ese convenio anterior y suscribir el presente convenio para reconocer a
SEA-Asociación de Centros de Idiomas como entidad evaluadora del SACIC.
VI. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda en fecha 2 de julio de 2024.
VII. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes, en su sesión de
fecha de 28 de abril de 2011 aprobó el Sistema de Acreditación de Centros ELE para
favorecer e impulsar la aplicación de estándares internacionales comunes a la
enseñanza de español como lengua extranjera (ELE), tanto en España como el exterior y
en su sesión de fecha de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma
de convenios con universidades y otras instituciones académicas.
En consecuencia, de todo lo anterior, y a tal efecto, las partes acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá por las siguientes
Primera.
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto reconocer a SEA-Asociación de Centros de
Idiomas de forma no exclusiva como Entidad Evaluadora del SACIC (en adelante,
Entidad Evaluadora) para la realización de las distintas tareas de evaluación de que
dispone este sistema de acreditación de centros de ELE, en los términos previstos en el
presente convenio.
El Instituto Cervantes, a través de su equipo técnico especializado, ha diseñado el
esquema de evaluación, de acreditación y la metodología para la evaluación, así como
cve: BOE-A-2024-18587
Verificable en https://www.boe.es
CLÁUSULAS