III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-18587)
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y SEA-Asociación de Centros de Idiomas, para su reconocimiento como entidad evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114427
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18587
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y SEAAsociación de Centros de Idiomas, para su reconocimiento como entidad
evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes.
Con fecha 3 de septiembre de 2024 se suscribió un Convenio por el que el Instituto
Cervantes reconoce a SEA-Asociación de centros de Idiomas como Entidad Evaluadora
del «Sistema de Acreditación de Centros instituto Cervantes» (SACIC).
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de septiembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio por el que el Instituto Cervantes reconoce a SEA-Asociación de Centros
de Idiomas como Entidad Evaluadora del «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC)
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes,
cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21
de julio de 2018), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991,
de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en
representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio
en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.
Y, de otra parte, don Marcelo Andrés García, Presidente de SEA-Asociación de
Centros de Idiomas, cargo para el que fue nombrado por Acta n° 406 del día 23 de
septiembre de 2022, registrada en el libro de número 4, actúa en nombre y
representación de SEA-Asociación de Centros de Idiomas (Razón social: SEA-Schools
of English Association), conforme a las atribuciones dispuestas en su Estatuto Social;
con domicilio a los efectos del presente convenio en Viamonte 371, Ciudad de Buenos
Aires, Argentina y con CUIT 30-67618985-4.
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro creado por
la Ley 7/1991, de 21 de marzo, cuyos fines primordiales son la promoción universal de la
lengua y la difusión de la cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas
actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene
encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como
lengua extranjera.
cve: BOE-A-2024-18587
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes en nombre de ambas partes, manifiestan y aseguran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa
que les resulta de aplicación, para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 225
Martes 17 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114427
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
18587
Resolución de 11 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Cervantes y SEAAsociación de Centros de Idiomas, para su reconocimiento como entidad
evaluadora del Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes.
Con fecha 3 de septiembre de 2024 se suscribió un Convenio por el que el Instituto
Cervantes reconoce a SEA-Asociación de centros de Idiomas como Entidad Evaluadora
del «Sistema de Acreditación de Centros instituto Cervantes» (SACIC).
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 11 de septiembre de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
ANEXO
Convenio por el que el Instituto Cervantes reconoce a SEA-Asociación de Centros
de Idiomas como Entidad Evaluadora del «Sistema de Acreditación de Centros
Instituto Cervantes» (SACIC)
De una parte, don Luis Manuel García Montero, Director del Instituto Cervantes,
cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21
de julio de 2018), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991,
de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en
representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio
en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.
Y, de otra parte, don Marcelo Andrés García, Presidente de SEA-Asociación de
Centros de Idiomas, cargo para el que fue nombrado por Acta n° 406 del día 23 de
septiembre de 2022, registrada en el libro de número 4, actúa en nombre y
representación de SEA-Asociación de Centros de Idiomas (Razón social: SEA-Schools
of English Association), conforme a las atribuciones dispuestas en su Estatuto Social;
con domicilio a los efectos del presente convenio en Viamonte 371, Ciudad de Buenos
Aires, Argentina y con CUIT 30-67618985-4.
EXPONEN
I. Que el Instituto Cervantes es un organismo público sin ánimo de lucro creado por
la Ley 7/1991, de 21 de marzo, cuyos fines primordiales son la promoción universal de la
lengua y la difusión de la cultura en el exterior, así como el fomento de cuantas
actividades y acciones contribuyan a la consecución de los fines que tiene
encomendados y a mejorar el conocimiento, el uso y la enseñanza del español como
lengua extranjera.
cve: BOE-A-2024-18587
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes en nombre de ambas partes, manifiestan y aseguran que intervienen
con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la normativa
que les resulta de aplicación, para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,