III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Subvenciones. (BOE-A-2024-18515)
Orden TRM/964/2024, de 11 de septiembre, por la que se modifica la Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114106
de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una
Comunidad Autónoma establecida en el artículo 149.1, cláusula 21.ª
En tanto la financiación de estas subvenciones proviene de los fondos europeos
NextGenerationEU, resulta de aplicación en su gestión lo establecido en el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se
aprueban las bases reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible
y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente
al ejercicio 2022.
La Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en
concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022
queda modificada de la siguiente manera:
Uno.
Se modifica el apartado 2 del artículo 1, con la siguiente redacción:
«2. La primera convocatoria del programa se incorpora a la presente orden
ministerial de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.»
Dos. Se modifica la letra b) del apartado 1 y se introducen unas nuevas letras m) y
n), al citado apartado del artículo 3, con la siguiente redacción:
«b) El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, principalmente
en lo relativo a las medidas de agilización de las subvenciones financiables con
fondos europeos establecidas en los artículos 48, 60 a 65 y a los instrumentos de
colaboración público-privada para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia establecidos en los artículos 67 a 69, así como la
disposición final primera del Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, que
introduce una nueva letra e) en el artículo 63.»
Tres.
Se modifica el apartado 1 del artículo 4, con la siguiente redacción:
«1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión
de las subvenciones objeto de la presente orden ministerial, así como encargado
del seguimiento de aquellas, es la Subdirección General de Planificación, Red
Transeuropea y Logística de la Dirección General de Estrategias de Movilidad (en
adelante, órgano instructor), pudiendo la convocatoria establecer otro distinto. El
órgano instructor verificará el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes y
será el encargado de realizar, de oficio, cuantas actuaciones se estimen
cve: BOE-A-2024-18515
Verificable en https://www.boe.es
«m) La Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático
del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
n) En defecto de la anterior normativa, cualquier otra normativa nacional o
europea de aplicación en su ejecución.»
Núm. 224
Lunes 16 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 114106
de ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una
Comunidad Autónoma establecida en el artículo 149.1, cláusula 21.ª
En tanto la financiación de estas subvenciones proviene de los fondos europeos
NextGenerationEU, resulta de aplicación en su gestión lo establecido en el Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se
aprueban las bases reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible
y Digital en concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente
al ejercicio 2022.
La Orden TMA/370/2022, de 21 de abril, por la que se aprueban las bases
reguladoras para el Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital en
concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y se aprueba y publica la convocatoria correspondiente al ejercicio 2022
queda modificada de la siguiente manera:
Uno.
Se modifica el apartado 2 del artículo 1, con la siguiente redacción:
«2. La primera convocatoria del programa se incorpora a la presente orden
ministerial de acuerdo con lo establecido en el artículo 61 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.»
Dos. Se modifica la letra b) del apartado 1 y se introducen unas nuevas letras m) y
n), al citado apartado del artículo 3, con la siguiente redacción:
«b) El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, principalmente
en lo relativo a las medidas de agilización de las subvenciones financiables con
fondos europeos establecidas en los artículos 48, 60 a 65 y a los instrumentos de
colaboración público-privada para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia establecidos en los artículos 67 a 69, así como la
disposición final primera del Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, que
introduce una nueva letra e) en el artículo 63.»
Tres.
Se modifica el apartado 1 del artículo 4, con la siguiente redacción:
«1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión
de las subvenciones objeto de la presente orden ministerial, así como encargado
del seguimiento de aquellas, es la Subdirección General de Planificación, Red
Transeuropea y Logística de la Dirección General de Estrategias de Movilidad (en
adelante, órgano instructor), pudiendo la convocatoria establecer otro distinto. El
órgano instructor verificará el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes y
será el encargado de realizar, de oficio, cuantas actuaciones se estimen
cve: BOE-A-2024-18515
Verificable en https://www.boe.es
«m) La Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático
del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
n) En defecto de la anterior normativa, cualquier otra normativa nacional o
europea de aplicación en su ejecución.»