III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-18468)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Sábado 14 de septiembre de 2024
6.3

Sec. III. Pág. 113892

La Universidad de Extremadura se compromete a:

6.3.1 Asesorar a la Junta de Extremadura sobre la adquisición y puesta en marcha
de estaciones radiológicas autonómicas.
6.3.2 Realizar los trabajos de mantenimiento, preventivo y correctivo, sobre las
estaciones automáticas de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta de
Extremadura.
6.3.3 Gestionar, facilitar y colaborar en los trabajos necesarios para la conexión de
los centros de supervisión y control del CSN y de la Junta de Extremadura, que
garanticen la recepción de los datos de las estaciones de la red de la Junta de
Extremadura en el CSN y en su caso de los datos de las estaciones de la Red
Automática REVIRA de Herrera del Duque y de Badajoz en la Junta de Extremadura.
6.3.4 Informar tanto a la Junta de Extremadura como al CSN sobre el estado
operativo de las estaciones automáticas radiológicas ubicadas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura pertenecientes tanto al CSN como a la propia Junta de
Extremadura y sobre los valores medidos por el conjunto de estaciones.
6.3.5 Si se detecta alguna anomalía radiológica, se deberá informar de forma
inmediata tanto a la Junta de Extremadura como al CSN. En cualquier caso, durante
los meses de junio y de noviembre de cada una de las anualidades que abarca el
convenio, la Universidad de Extremadura preparará una memoria de actuaciones
realizadas en la que se incluirán, entre otros, datos sobre el seguimiento de las
estaciones, evolución de los datos a lo largo del tiempo y cuantos extremos sean
necesarios para conocer la situación radiológica en la Comunidad Autónoma,
memoria que será remitida dentro de los diez primeros días de los meses de julio y
diciembre respectivamente a los coordinadores de la Junta de Extremadura y CSN,
designados en la cláusula cuarta de este convenio.
6.3.6 Garantizar la remisión continua y compatible de los datos procedentes de las
estaciones automáticas de la Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de la Junta de
Extremadura a la Sala de Emergencias (Salem) del CSN, con el nivel de fiabilidad que
corresponde a las características de los sistemas que contiene esa red.
6.3.7 Dado que la financiación aportada está cofinanciada por el Fondo FEDER, la
Universidad de Extremadura tendrá en cuenta lo dispuesto en el anexo III, de este
convenio, en cuanto a las obligaciones a cumplir.
6.3.8 Se deberá cumplir lo establecido en el titulo IV, capítulo III Visibilidad,
transparencia y comunicación del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
Las partes firmantes del presente convenio acuerdan:

La vigencia plena del protocolo técnico de comunicación entre la Sala de
Emergencias del CSN (Salem) y el Centro Logístico de la Red de Vigilancia Radiológica
Ambiental de la Junta de Extremadura que incluye el procedimiento de activación de la
unidad móvil de vigilancia radiológica ambiental de la Junta de fecha 6 de mayo de 2010,
al que se ha hecho referencia en el punto expositivo décimo.
Séptima. Financiación y forma de pago.
7.1 Las cantidades mencionadas en el punto 6.1.4 serán aportadas por la Junta de
Extremadura, realizándose de la siguiente forma:
El abono de los costes reales soportados por la Universidad de Extremadura se
realizará por certificaciones parciales anuales previa entrega de la correspondiente

cve: BOE-A-2024-18468
Verificable en https://www.boe.es

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