III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-18468)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Sábado 14 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113911

Gasto de personal = precio por hora * n.º de horas trabajadas en el proyecto por mes. Ejemplo.
Coste laboral bruto anual (considerando cargas sociales).
Precio por hora.
Horas trabajadas mes.
Gasto de personal.

30.000 euros
30.000/1.720 = 17,44 euros
80 horas
17,44 * 80 = 1.395,20 euros

En relación a la pista de auditoría de este tipo de gastos, los documentos
justificativos de estos gastos que deberán estar disponibles para efectos de control son:
– Contrato de trabajo para personal contratado o decisión de nombramiento para
personal que no tiene específicamente un contrato de trabajo (p. ejem., funcionarios
públicos).
– Certificado de asignación del trabajador al proyecto en el que se indique que
dedicará una parte de su tiempo al mismo.
– Documento con la descripción de funciones del puesto de trabajo en relación con
las tareas a desarrollar en el proyecto.
– Registro horario en el que se incluya el número de horas dedicadas al proyecto por
cada trabajador en cada mes. El registro horario debe cubrir el 100 % del tiempo de
trabajo real de cada empleado.
Trabajador por horas.
Para aquellos trabajadores que están contratados por horas por la entidad
beneficiaria y que dedican un determinado número de las mismas al proyecto, el gasto
elegible será el resultante de multiplicar el coste hora fijado por el número de horas
trabajadas para el proyecto:
Precio por hora = precio fijado.
Gasto de personal = precio por hora * n.º de horas trabajadas en el proyecto.
En relación a la pista de auditoría de este tipo de gastos, los documentos
justificativos de estos gastos que deberán estar disponibles para efectos de control son:

5.2

Gastos por servicios externos.

Se considerarán gastos de servicios y expertos externos los correspondientes a
servicios y conocimientos profesionales prestados por una persona física o jurídica
(pública o privada) que no sea beneficiaria del proyecto.
Esta categoría incluye los gastos de facturas emitidas sobre la base de contratos o
acuerdos por escrito para la realización de determinadas actividades del proyecto, y
directamente vinculadas con el mismo.

cve: BOE-A-2024-18468
Verificable en https://www.boe.es

– Contrato de trabajo para personal contratado o decisión de nombramiento para
personal que no tiene específicamente un contrato de trabajo, incluyendo el coste de
hora de trabajo.
– Documento con la descripción de funciones del puesto de trabajo en relación con
las tareas a desarrollar en el proyecto.
– Nóminas del trabajador.
– Documento contable de pago de la nómina (transferencia bancaria o verificación
en el sistema contable de la entidad).
– Justificante del pago de las correspondientes cargas sociales y retenciones
fiscales que realiza el empleador (transferencia bancaria o verificación en el sistema
contable de la entidad).
– Registro horario en el que se incluya el número de horas dedicadas al proyecto por
cada trabajador, en su caso.