III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-18468)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura, en la operación, gestión y acceso a los datos de las estaciones automáticas de vigilancia radiológica ambiental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 223

Sábado 14 de septiembre de 2024
5.1.2

Sec. III. Pág. 113910

Cálculo de los gastos de personal y pista de auditoría.

En función de la asignación del trabajador al convenio, los gastos de personal se
calculan de la siguiente forma:
Trabajador a tiempo completo.
Para los trabajadores que están dedicados al proyecto durante el 100 % de su
jornada laboral, el coste bruto total de cada trabajador se considera elegible.
En relación a la pista de auditoría de este tipo de gastos, los documentos
justificativos de estos gastos que deberán estar disponibles para efectos de control son:
– Contrato de trabajo para personal contratado específicamente para el proyecto o
decisión de nombramiento para personal que no tiene específicamente un contrato de
trabajo (p. ejem., funcionarios públicos).
– Documento con la descripción de funciones del puesto de trabajo en relación con
las tareas a desarrollar en el proyecto.
– Nóminas del trabajador.
– Documento contable de pago de la nómina (transferencia bancaria o verificación
en el sistema contable de la entidad).
– Justificante del pago de las correspondientes cargas sociales y retenciones
fiscales que realiza el empleador (transferencia bancaria o verificación en el sistema
contable de la entidad).
– No se requiere registro horario.
Trabajador a tiempo parcial con un porcentaje fijo por mes.
Para los trabajadores que dedican un porcentaje fijo de su tiempo de trabajo al
proyecto, el gasto elegible será un porcentaje fijo del coste bruto del trabajador.
En relación a la pista de auditoría de este tipo de gastos, los documentos
justificativos de estos gastos que deberán estar disponibles para efectos de control son:
– Contrato de trabajo para personal contratado específicamente para el convenio o
decisión de nombramiento para personal que no tiene específicamente un contrato de
trabajo (p. ejem., funcionarios públicos).
– Certificado de asignación con el porcentaje de tiempo que el trabajador dedicará al
convenio, así como la distribución de tareas del tiempo restante, en el caso de que no
esté especificado en el contrato.
– Documento con la descripción de funciones del puesto de trabajo en relación con
las tareas a desarrollar en el proyecto.
– Nóminas del trabajador.
– Documento contable de pago de la nómina (transferencia bancaria o verificación
en el sistema contable de la entidad).
– Justificante del pago de las correspondientes cargas sociales y retenciones
fiscales que realiza el empleador (transferencia bancaria o verificación en el sistema
contable de la entidad).
– No se requiere registro horario.

Para los trabajadores que dedican al proyecto una parte variable de su jornada
laboral, el gasto elegible será una parte del coste bruto del trabajador en función de las
horas efectivamente dedicadas al proyecto.
El cálculo de los gastos de personal se aplicará considerando un precio por hora
basado en un número estándar de 1.720 horas trabajadas por año, teniendo en cuenta la
simplificación de costes:
Precio por hora = coste laboral bruto anual más reciente documentado/1.720 horas.

cve: BOE-A-2024-18468
Verificable en https://www.boe.es

Trabajador a tiempo parcial con un número flexible de horas por mes.