III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-18386)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Serveo Servicios, SAU, y los trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a bordo de los trenes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113451

También colabora de forma directa y activa en los problemas e imprevistos en su
área de trabajo.
Colabora junto con el responsable de mantenimiento en el uso de las energías de la
unidad en base al menor coste posible.
Elabora propuestas y recomendaciones preventivas encaminadas a la mejora del
funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones.
Ayuda en el mantenimiento y reparaciones periódicas de las instalaciones y equipos.
Se encarga de la compra, aprovisionamiento, control y gestión de stock de
materiales, herramientas y equipos necesarios para su trabajo.
El trabajador debe tener nociones básicas de inglés (hablado y escrito), así como
conocimientos de informática a nivel de usuario.
Debe poseer carnet de conducir tipo B.
Jefe/a de equipo Responsable:
Supervisar y controlar las actividades de varios equipos operativos de taller o de
mantenimiento, analizando y resolviendo los problemas técnicos que se plantean y
asumiendo personalmente aquellos trabajos de mayor complejidad.
Establece la documentación previa para la organización y seguimiento de la
producción y colaborar en la confección y previsión de medios y abastecimientos.
Cualesquiera otras que por su contenido y naturaleza sean análogas o equiparables a
las anteriores y propias de su categoría y especialidad.
Técnicos/as:
– Supervisar y controlar las actividades de un equipo operativo de taller o de
mantenimiento, analizando y resolviendo los problemas técnicos que se plantean y
asumiendo personalmente aquellos trabajos de mayor complejidad.
– Confeccionar los partes, bonos de producción o almacén, estados o resúmenes
estadísticos y llevar el planning de trabajo para la ejecución del mismo.
– Conocerá e interpretará planos, fichas técnicas e instrucciones para su ejecución
según su especialidad.
3.

Área de Administración:

En esta área se incluyen cuatro grupos profesionales, abarcando cada uno las
siguientes categorías profesionales.
Grupo profesional

Grupo I.

Mandos intermedios.

Grupo II.

Planificador/a, Coordinador/a, Técnico/a, Oficial/la Administrativo/a,
Ayudante/a (Programación y Control de Calidad), secretaria/o,
Programador/a, Comprador, Interventor/a, Cajero/a.

Grupo III.

Recepcionista/Telefonista, Operador/a Grabador/a y Auxiliar Administrativo/a.

Grupo IV.

Ordenanza/Mensajero-a.

Planificador/a:
Es aquel trabajador/a designado por la Empresa que dependiendo de su inmediato
superior jerárquico planifica la operativa, a medio y largo plazo, de todos los
departamentos de la unidad de catering.
Se encarga de analizar los datos del programa informático operativo sobre
previsiones y estadísticas.
Se ocupa del seguimiento y análisis de productos diarios.

cve: BOE-A-2024-18386
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Categorías profesionales