III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-18386)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Serveo Servicios, SAU, y los trabajadores adscritos al servicio de restauración y atención a bordo de los trenes.
129 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113450

utilizando en todo momento los medios de protección previstos en las normas de
seguridad y salud laboral.
– Realizar tareas de limpieza exterior de los coches, estribos, pasamanos,
cristales….
– Abastecer los coches de las dotaciones necesarias de géneros y suministros de
bono, ropa, revistas, películas y demás enseres necesarios para la prestación del
servicio conforme a las especificaciones marcadas por Renfe.
– Recoger y confeccionar camas y literas.
– Realizar tareas de limpieza en instalaciones y locales de la empresa que se
utilizan para la prestación del servicio.
– Realizar labores de barrido con máquinas aspiradores en el interior de los cochescamas y/o literas.
– Realizar tareas de carga y descarga de toda clase de mercancías y enseres
necesarios para la prestación del servicio, manualmente o con ayuda de elementos
mecánicos.
– Retirar productos de los lugares de almacenamiento, apilarlos, embalarlos y
etiquetarlos.
– Se responsabiliza del buen uso y estado de todas y cada una de las herramientas
facilitadas por la Empresa, así como de sus áreas de trabajo.
– Realiza funciones de montaje de bandejas, se encarga de los pedidos de catering,
montar cargas y organiza la cámara.
– Realiza las funciones relacionadas con la producción de comidas, bebidas y
artículos de venta a bordo, así como el abastecimiento y limpieza de máquinas vending
de los trenes.
– Apertura y cierre del centro de trabajo. Gestión de alarmas en el caso de que sea
necesario. Cuando en horario de apertura y cierre haya un supervisor o mando
intermedio, esta función la realizara este. En defecto de supervisor o mando intermedio
dicha tarea de apertura y cierre la realizara el Grupo III.
Cuando para desarrollar sus funciones en los almacenes sea necesaria la utilización
de toros mecánicos u otras herramientas similares, deberán ser poseedores del
correspondiente permiso o licencia para su uso. A ningún trabajador/a sin esa licencia le
podrá ser exigido el uso de esas herramientas. En todo caso, la empresa facilitará la
formación correspondiente para la obtención del citado título y/o habilitación.
Respecto a los ayudantes que se incorporan al grupo profesional III, (Ayudante) se
respetaran las funciones que vienen realizando a día de hoy en caso de no alcanzar la
polivalencia en las funciones de Conductor, Cargador, Auxiliar de base y almacén.
2.

Área de Mantenimiento:

En esta área se incluyen dos grupos profesionales, abarcando cada uno las
siguientes categorías profesionales.
Grupo profesional

Grupo I.

Mandos intermedios.

Grupo III.

Especialista de Mantenimiento y Servicios, jefe/a de equipo responsable,
Técnicos/as.

Especialista de Mantenimiento y Servicios:
Es aquel trabajador/a designado por la Empresa que dependiendo del responsable
de Mantenimiento colabora en un racional desarrollo de sus funciones en las distintas
bases, cumpliendo los calendarios de mantenimiento preventivo y de revisión creados
para instalaciones y equipos, tanto diarias como periódicas.

cve: BOE-A-2024-18386
Verificable en https://www.boe.es

Categorías profesionales