III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-18382)
Resolución de 11 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para el desarrollo del proyecto de I+D+I "Investigación de los factores implicados en la operatividad del puerto de Ferrol. Estudio de actuaciones de mejora y transferencia de tecnología para la explotación del puerto".
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113383
Octavo.
Finalmente, las partes manifiestan que es su común voluntad la de consolidar una
situación de colaboración, de tal manera que el presente convenio debe ser interpretado
en cuanto favorezca la permanencia de buena fe de esa relación, sobre las bases que
aquí se establecen.
En virtud de lo anterior vienen a suscribir el presente convenio sobre la base de las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la ejecución y desarrollo del Proyecto de I+D+i
«Investigación de los factores implicados en la operatividad del puerto de Ferrol. Estudio
de actuaciones de mejora y transferencia de tecnología para la explotación del puerto»,
adjuntándose la memoria técnica del proyecto como anexo I.
No se incluyen en todo caso actividades de desarrollo comercial como la producción
o el suministro a gran escala para determinar la viabilidad comercial o recuperar los
gastos de I+D+i, la integración o la adaptación y los ajustes y las mejoras añadidos a
productos o procesos existentes.
Segunda.
Equipo técnico. Dirección de los trabajos.
2.1 Las partes convienen en la necesidad de contar con medios de relación
francos, directos y estables.
2.2 En este sentido, para la debida ejecución y control de las actuaciones, el equipo
técnico estará dirigido por don Enrique Peña González, en calidad de investigador
responsable, así como del personal que él designe del adscrito a las líneas de
investigación del Grupo GEAMA de la UDC entre los que pudieran estar interesados en
participar en la ejecución del proyecto objeto del presente convenio, debiendo dar
conocimiento del equipo de trabajo en cada momento a la APFSC.
Para la realización de dichas líneas de investigación será necesaria la contratación
de personal investigador en la UDC con reconocida experiencia en el ámbito del
convenio dada la complejidad de las actuaciones derivadas del mismo, y la compra de
material para ejecutar dichas acciones. De forma estimativa y para la previsión de
contratos de personal se proponen perfiles con experiencia en ingeniería marítima,
portuaria y costera, así como en tratamiento de datos y técnicas estadísticas, con
titulación de Doctorado, Máster o Grado según las necesidades existentes.
Corresponderá a la UDC la contratación de personal investigador, así como la
compra de material para ejecutar las acciones objeto del convenio.
2.3 Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento, la forma en
que llevarán a cabo las comunicaciones entre sí.
3.1 El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, así como, la
aprobación de la propuesta de trabajos y el seguimiento de los trabajos desarrollados y
del resultado de los mismos se realizará a través de una Comisión de Seguimiento,
siempre que no se modifique el convenio, que se reunirá al menos con una periodicidad
semestral con carácter ordinario, y con carácter extraordinario cuando alguna de las
partes lo solicite. Las convocatorias serán realizadas por el Presidente de la Comisión.
Dicha Comisión de Seguimiento estará presidida por el Jefe del Departamento de
Servicios Técnicos y Planificación de la APFSC, don Javier Calviño Gómez, y forma
cve: BOE-A-2024-18382
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Comisión de Seguimiento. Presentación de informes sobre los trabajos
desarrollados.
Núm. 222
Viernes 13 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113383
Octavo.
Finalmente, las partes manifiestan que es su común voluntad la de consolidar una
situación de colaboración, de tal manera que el presente convenio debe ser interpretado
en cuanto favorezca la permanencia de buena fe de esa relación, sobre las bases que
aquí se establecen.
En virtud de lo anterior vienen a suscribir el presente convenio sobre la base de las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es la ejecución y desarrollo del Proyecto de I+D+i
«Investigación de los factores implicados en la operatividad del puerto de Ferrol. Estudio
de actuaciones de mejora y transferencia de tecnología para la explotación del puerto»,
adjuntándose la memoria técnica del proyecto como anexo I.
No se incluyen en todo caso actividades de desarrollo comercial como la producción
o el suministro a gran escala para determinar la viabilidad comercial o recuperar los
gastos de I+D+i, la integración o la adaptación y los ajustes y las mejoras añadidos a
productos o procesos existentes.
Segunda.
Equipo técnico. Dirección de los trabajos.
2.1 Las partes convienen en la necesidad de contar con medios de relación
francos, directos y estables.
2.2 En este sentido, para la debida ejecución y control de las actuaciones, el equipo
técnico estará dirigido por don Enrique Peña González, en calidad de investigador
responsable, así como del personal que él designe del adscrito a las líneas de
investigación del Grupo GEAMA de la UDC entre los que pudieran estar interesados en
participar en la ejecución del proyecto objeto del presente convenio, debiendo dar
conocimiento del equipo de trabajo en cada momento a la APFSC.
Para la realización de dichas líneas de investigación será necesaria la contratación
de personal investigador en la UDC con reconocida experiencia en el ámbito del
convenio dada la complejidad de las actuaciones derivadas del mismo, y la compra de
material para ejecutar dichas acciones. De forma estimativa y para la previsión de
contratos de personal se proponen perfiles con experiencia en ingeniería marítima,
portuaria y costera, así como en tratamiento de datos y técnicas estadísticas, con
titulación de Doctorado, Máster o Grado según las necesidades existentes.
Corresponderá a la UDC la contratación de personal investigador, así como la
compra de material para ejecutar las acciones objeto del convenio.
2.3 Las partes acordarán en el seno de la Comisión de Seguimiento, la forma en
que llevarán a cabo las comunicaciones entre sí.
3.1 El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio, así como, la
aprobación de la propuesta de trabajos y el seguimiento de los trabajos desarrollados y
del resultado de los mismos se realizará a través de una Comisión de Seguimiento,
siempre que no se modifique el convenio, que se reunirá al menos con una periodicidad
semestral con carácter ordinario, y con carácter extraordinario cuando alguna de las
partes lo solicite. Las convocatorias serán realizadas por el Presidente de la Comisión.
Dicha Comisión de Seguimiento estará presidida por el Jefe del Departamento de
Servicios Técnicos y Planificación de la APFSC, don Javier Calviño Gómez, y forma
cve: BOE-A-2024-18382
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Comisión de Seguimiento. Presentación de informes sobre los trabajos
desarrollados.