III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Igualdad de género. (BOE-A-2024-18403)
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113649

y, en su caso, aquellos otros que sean de uso generalizado por la ciudadanía. De
manera adicional los anexos I.a, y I.c, deberán presentarse en formato electrónico de
hoja de cálculo Excel o en otra aplicación análoga de uso abierto o generalizado y el
anexo I.b en formato de procesamiento de textos Word o en otra aplicación análoga de
uso abierto o generalizado. Alternativamente a los estándares abiertos, para el resto de
la documentación se podrán utilizar los formatos electrónicos Word o PDF.
Asimismo, se deberá incluir una relación de documentos con el nombre de todos los
archivos que constituyen la documentación complementaria. Los anexos I.a, I.b, I.c, II, y
III deberán remitirse como ficheros con el mismo nombre en los formatos solicitados. El
resto de documentación complementaria deberá venir numerada conforme se indica en
la guía DIE 2024 que estará disponible en el sitio web del Instituto de las Mujeres O.A.:
http://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/convocatorias/home.htm.
2. Las empresas o entidades deben presentar su candidatura a través de la sede
electrónica del Ministerio de Igualdad, cuya dirección es https://igualdad.sede.gob.es/,
donde figurarán las instrucciones necesarias.
Las empresas o entidades que sean personas físicas podrán presentar su
candidatura tanto por la sede electrónica como en cualquiera de los demás lugares a los
que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso todos los anexos
y la documentación complementaria a la que se refiere el apartado cuarto de esta orden
deberán presentarse en formato electrónico, preferentemente en una unidad de memoria
extraíble USB, y cumplirán los requisitos de elaboración previstos en el párrafo segundo
del punto 1.
3. Los modelos normalizados de los anexos estarán disponibles en la sede
electrónica del Ministerio de Igualdad, anteriormente citada, y en el sitio web del Instituto
de las Mujeres O.A.: http://www.igualdadenlaempresa.es/DIE/convocatorias/home.htm.
También podrán ser facilitados por el Instituto de las Mujeres O.A., previa petición al
correo electrónico: distintivoie@inmujeres.es.
4. Cada una de las empresas o entidades de un mismo grupo que concurran a la
convocatoria deberán presentar una candidatura individual, indicando en el anexo I.a el
nombre o razón social y el número de identificación fiscal (en adelante, NIF) de las otras
empresas o entidades del grupo que también se presenten a esta convocatoria.
5. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes contado a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.

Documentación y confidencialidad de la información recibida.

1. Junto con la candidatura, las empresas o entidades deberán aportar la siguiente
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales:

1.º De estar inscrita en el correspondiente régimen de la Seguridad Social,
encontrarse formalmente constituida y, cuando proceda, inscrita en el registro público
que corresponda.
2.º De no haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy
graves en materia de igualdad y no discriminación, en los tres años anteriores a la fecha
de finalización del plazo de presentación de candidaturas, de acuerdo con lo dispuesto
en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social,
aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
3.º De no haber sido sancionada con carácter firme, por infracciones graves o muy
graves en materia de igualdad y no discriminación en el acceso a los bienes y servicios,
en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de

cve: BOE-A-2024-18403
Verificable en https://www.boe.es

a) En caso de actuar por medio de representante, poder bastante en derecho para
actuar en nombre y representación de la persona física o jurídica candidata.
b) Declaración responsable firmada por la persona que represente legalmente a la
empresa o entidad, según anexo II: