III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Igualdad de género. (BOE-A-2024-18403)
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113668

1. ENTIDAD CANDIDATA
Nombre o razón
social:
NIF/NIE:

2. CRITERIOS DE VALORACIÓN











Aspectos a valorar

Se realiza

Aplicación de criterios adecuados al principio de igualdad entre mujeres y hombres, en los procesos de
selección, contratación del personal y promoción profesional.

Sí / No

Descripción, resultados alcanzados (incluir información desagregada por sexo de los procesos de selección,
contratación y promoción), y evaluación. Identificar, en su caso, la aplicación de medidas de acción positiva o
medidas de fomento. En caso de respuesta negativa, justificación.

EVIDENCIAS

Aplicación de sistemas de clasificación profesional que cumplan con los parámetros de publicidad,
objetividad y transparencia y fomenten el principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Sí / No

Descripción, resultados alcanzados y evaluación. En caso de respuesta negativa, justificación.

EVIDENCIAS

Implantación de planes o acciones de formación con perspectiva de género.

Sí / No

Descripción, resultados alcanzados (incluir información desagregada por sexo de participación en acciones
formativas), y evaluación. Identificar, en su caso, la aplicación de medidas de acción positiva o medidas de
fomento. En caso de respuesta negativa, justificación.

EVIDENCIAS

Promoción de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y de su ejercicio
corresponsable.

Sí / No

Descripción, resultados alcanzados (incluir información desagregada por sexo de personas acogidas a medidas de
conciliación), y evaluación. Identificar, en su caso, la aplicación de medidas de acción positiva o medidas de
fomento. En caso de respuesta negativa, justificación.

EVIDENCIAS

Establecimiento y seguimiento de una política retributiva que cumpla con los parámetros de publicidad,
objetividad y transparencia, y con el principio de igual retribución por trabajos de igual valor, de
conformidad con lo establecido en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre.

Sí / No

Descripción, resultados alcanzados (incluir información desagregada por sexo retribuciones), y evaluación.
Identificar, en su caso, la aplicación de medidas de acción positiva o medidas de fomento. En caso de respuesta
negativa, justificación.

EVIDENCIAS

cve: BOE-A-2024-18403
Verificable en https://www.boe.es

(Conforme al Artículo 10.a) del RD 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo
“Igualdad en la Empresa”).