III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Igualdad de género. (BOE-A-2024-18403)
Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo "Igualdad en la Empresa" y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 222

Viernes 13 de septiembre de 2024

Artículo 2.

REQUISITO

Sec. III. Pág. 113662

DOCUMENTO PROBATORIO

ENTIDADES CANDIDATAS QUE TENGAN LA OBLIGACIÓN DE ELABORAR Y APLICAR UN PLAN DE
IGUALDAD
Nombre del fichero que
contiene el plan de igualdad

4.a

Plan de igualdad, vigente y registrado, que incluya una
auditoria retributiva, conforme a la normativa aplicable

4.b

Informe de seguimiento del plan de igualdad correspondiente a
un periodo mínimo de dos años, que tendrá que incluir a su
vez al menos un año de los dos años naturales
inmediatamente anteriores a la convocatoria.

4.c

Declaración que acredite una presencia mínima de mujeres en
el consejo de administración del 30%, conforme a lo dispuesto
en el apartado uno de la disposición transitoria única del Real
Decreto 333/2023, de 3 de mayo, de aquellas sociedades que
no puedan formular una cuenta de pérdidas y ganancias
abreviada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 258
del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio,
y que cuenten con consejo de administración.

Nombre del fichero que
contiene el diagnóstico
completo de igualdad
Nombre del fichero que
contiene la auditoría
retributiva completa
CÓDIGO DEL REGISTRO EN
REGCON
Nombre del fichero que
contiene el informe de
seguimiento del plan de
igualdad

Anexo II

ENTIDADES CANDIDATAS QUE NO TENGAN LA OBLIGACIÓN DE ELABORAR Y APLICAR UN PLAN DE
IGUALDAD
Nombre del fichero que
contiene las medidas o el plan
de igualdad voluntario

5.a

Medidas de igualdad depositadas en el registro y depósito de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad, o, en su caso, plan de igualdad voluntario conforme
a lo establecido en el artículo 45 y 46 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo.

Nombre del fichero que
contiene el diagnóstico de
igualdad (en caso de plan de
igualdad voluntario)
Nombre del fichero que
contiene la auditoría
retributiva completa (en caso
de plan de igualdad
voluntario)

5.b

Informe de seguimiento de las medidas de igualdad
implantadas o, en su caso, del plan de igualdad voluntario,
correspondiente a un periodo mínimo de dos años, que tendrá
que incluir a su vez al menos un año de los dos años naturales
inmediatamente anteriores a la convocatoria.

Nombre del fichero que
contiene el informe de
seguimiento de las medidas o
del plan de igualdad

cve: BOE-A-2024-18403
Verificable en https://www.boe.es

CÓDIGO DEL REGISTRO EN
REGCON