III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-18256)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, y el Gobierno de La Rioja, para la realización de la exposición "María Lejárraga: una voz en la sombra (1874-1974)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113063

Hasta que la Biblioteca Nacional de España no dé conformidad al proyecto no podrán
iniciarse los trabajos de montaje.
Si se considera necesario, se convocará a los organizadores a una reunión para
aclaraciones.
El proyecto de diseño tendrá que estar certificado por un técnico competente en el
caso de que las estructuras proyectadas requieran la rigidez y la estabilidad necesarias
para evitar cualquier riesgo a personas o bienes.
Una vez aprobado el proyecto se determinará un calendario donde estén claramente
diferenciadas las distintas fases (pintura, ensamblado de mobiliario, llegada y colocación
de obras) con los horarios de trabajo, dejando el plazo necesario para que se monten los
sistemas de seguridad (volumétricos, CCTV, etc.).
2. Normas durante la realización del montaje
2.1 Los organizadores designarán a una persona que será la responsable y actuará
como interlocutor con la Biblioteca Nacional de España durante el montaje, desmontaje y
mientras dure la exposición.
2.2 Se facilitará un listado del personal (con nombre y DNI) que vaya a trabajar en
el montaje, así como de las personas que actúen como correos y de las empresas
proveedoras.
2.3 Todo el personal autorizado pasará por el control de visitas para que le hagan la
tarjeta correspondiente al día de la fecha. En algunos casos se podrán confeccionar
tarjetas válidas para todo el montaje o duración de la exposición.
2.4 Las tareas de carga y descarga de materiales se realizarán siguiendo las
indicaciones del personal de Seguridad de la Biblioteca Nacional de España. La
matrícula de los vehículos y el nombre y DNI de los conductores deberán comunicarse
con antelación. Los vehículos no podrán quedarse estacionados en el recinto de la
Biblioteca Nacional de España una vez realizados los trabajos de carga o descarga.
2.5 La permanencia de personal en el montaje fuera del horario habitual de la
Biblioteca Nacional de España (de 08:00 a 21:00 horas de lunes a viernes y de 09:00
a 14:00 horas los sábados) deberá comunicarse con anterioridad, acompañada de un
listado del personal, para obtener la conformidad de la Biblioteca Nacional de España.
2.6 El montaje se llevará a cabo en las horas y fechas determinadas y solo
mediante autorización por escrito podrá alterarse el calendario previsto.
2.7 El personal del Servicio de Exposiciones de la BNE desarrollará una función de
supervisión, teniendo potestad de hacer las indicaciones que considere necesarias,
especialmente en lo referido al montaje de las obras, para que los trabajos se desarrollen
conforme a los estándares habituales y con el debido cuidado para las instalaciones de
la BNE y obras expuestas.
2.8 Se conservarán las condiciones originales de las Salas, evitando daños y
desperfectos en el suelo, paredes, techos, instalaciones, etc.
2.9 Cualquier alteración de las instalaciones deberá comunicarse a la Biblioteca
Nacional de España para su aprobación o rechazo.
2.10 Se tendrá especial cuidado en mantener los dispositivos de seguridad
operativos y libres de obstáculos en todo momento. En ningún momento se taparán,
desmantelarán o desactivarán sin el conocimiento y aprobación del Servicio de
Seguridad de la Biblioteca Nacional de España.
2.11 La colocación de extintores y señalización de emergencias se hará de acuerdo
con las indicaciones del Área de Seguridad y Mantenimiento de la Biblioteca Nacional de
España.
2.12 Las salidas de emergencia deberán estar libres y con las distancias
reglamentarias, evitando también que puedan quedar vitrinas y objetos punzantes cerca
de las mismas.
2.13 Parte de la iluminación de las salas estará conectada a red grupo, asegurando
que los caminos de evacuación estén suficientemente iluminados.

cve: BOE-A-2024-18256
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Núm. 220