III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-18256)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, y el Gobierno de La Rioja, para la realización de la exposición "María Lejárraga: una voz en la sombra (1874-1974)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 113064

2.14 Será de obligado cumplimiento el Pliego de Condiciones Generales de la
Edificación editado por el Consejo Superior de Arquitectos de España, el Código Técnico
de la Edificación y sus modificaciones, y se observarán cuantas disposiciones legales
afecten al montaje, materiales e instalaciones descritas en este proyecto: Tecnologías,
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias,
Protección contra incendios, Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y
Actividades Recreativas, así como la legislación de la Comunidad Autónoma de Madrid,
las Ordenanzas del Ayuntamiento de Madrid y demás normativa reguladora que sea de
aplicación a los trabajos y actividades que nos ocupan. Asimismo, se tendrán en cuenta
durante el montaje de la exposición las modificaciones o nuevas disposiciones que se
promulguen en el transcurso de la misma, siendo responsable la empresa adjudicataria
de cualquier consecuencia que de la inobservancia de la citada legislación pudiese
desprenderse.
2.15 Los trabajos de iluminación, construcción, modificación, etc. y todos aquellos
otros que puedan implicar la manipulación de las instalaciones eléctricas, paramentos,
suelos y otras instalaciones fijas o móviles propias de Biblioteca Nacional de España
deberán seguir en todo momento las indicaciones que el Área de Seguridad y
Mantenimiento de la Biblioteca Nacional de España efectúe para lo cual se facilitarán los
planos necesarios, esquema eléctrico que permita la correcta distribución de los circuitos
y utilización de los de reserva, y cualquier otra información que la empresa desee
recabar y le sea necesaria para el correcto desempeño de sus labores. La empresa
adjudicataria será responsable del buen uso de las instalaciones, material y equipos
relacionados con el objeto de este contrato. A estos efectos será responsable de los
posibles daños y roturas que sufra el material y/o las instalaciones de la Biblioteca
Nacional de España por causa debida a un uso incorrecto de los mismos o negligencia y
será obligación de la empresa adjudicataria indemnizar todos los daños y perjuicios
causados a terceros o a la propia Biblioteca Nacional de España como consecuencia de
los trabajos que requiera la ejecución del contrato.
2.16 Tras la clausura de la muestra, se dispondrá de una semana natural, como
máximo, para llevar a cabo todo el desmontaje y dejar las Salas en condiciones óptimas
para la próxima exposición, completamente vacías y las paredes pintadas de blanco, así
como limpias y reparado cualquier desperfecto que hubiese podido producirse.
3.

Normas durante la exposición

3.1 La Biblioteca Nacional de España podrá suspender la exposición, o parte de
ella, por causa justificada, dando cuenta inmediata a la persona responsable.
3.2 La conservación, recambio, funcionamiento de aparatos y equipos propios de la
exposición estarán a cargo de los organizadores.
3.3 El Arquitecto o responsable del montaje de la exposición establecerá el aforo de
la Sala de Exposiciones atendiendo a la complejidad y disposición de los elementos
expuestos en la misma y siempre de acuerdo con el Área de Seguridad y Mantenimiento
de la Biblioteca Nacional de España.
3.4 A la finalización del montaje el arquitecto o diseñador y le empresa encargada
del montaje de la exposición extenderán sendos certificados en los que sé que de fe de
que el montaje y los materiales utilizados están conformes con lo establecido en los
pliegos de prescripciones técnicas y respetan la legislación recogida en el punto 2.14 de
este anexo.
3.5 La venta de catálogos o demás material de la exposición, así como la
recaudación irá por cuenta del organizador.
3.6 En ningún caso los organizadores de la Exposición podrán exigir a la Biblioteca
Nacional de España más medios personales o materiales al servicio de la seguridad de
los que ella habitualmente aporta. Esta, en virtud de la disponibilidad en cada momento,
podrá establecer el dispositivo a mantener, adaptándose prioritariamente al

cve: BOE-A-2024-18256
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Núm. 220