III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-18256)
Resolución de 4 de septiembre de 2024, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Mercantil Estatal de Acción Cultural, SA, y el Gobierno de La Rioja, para la realización de la exposición "María Lejárraga: una voz en la sombra (1874-1974)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 113065
funcionamiento normal de la misma. En caso de disconformidad con los medios
disponibles, serán los organizadores quienes deberán completar los medios requeridos.
3.7 En el caso de que los organizadores deseen ampliar los medios técnicos o
personales que ofrece la Biblioteca Nacional de España, podrán aportarlos ellos mismos,
comunicándolo y aportando un listado con el nombre y el DNI de las personas que vayan
a intervenir, y previa autorización del Área de Seguridad y Mantenimiento de la Biblioteca
Nacional de España.
4.
Desmontaje
Del desmontaje serán responsables los organizadores de la exposición, con sus
propios medios, incluida la retirada de escombros.
Las salas deberán quedar en su estado original, reparando los desperfectos en caso
de que los hubiera.
5.
Inauguración
Se facilitará a la Biblioteca Nacional de España una relación de las personas
invitadas al acto de inauguración, así como de las personalidades que asistirán
previsiblemente a la misma.
En caso de necesitarse invitación para la entrada al acto, se avisará con anticipación
y será la organización con personal propio la que, acompañada por personal de
seguridad de la Biblioteca Nacional de España, se encargará de solicitar las invitaciones.
6.
Exposición
El manejo y mantenimiento de los equipos informáticos, audiovisuales, etc., estará a
cargo del personal de la organización, que tendrá disponible un teléfono durante las 24
horas para comunicar posibles incidencias.
La organización comunicará a la Biblioteca Nacional de España a qué personas
autoriza para realizar sesiones fotográficas o grabaciones. La autorización se hará por
escrito preferiblemente vía e-mail. En la medida de lo posible se utilizarán los lunes para
este tipo de actividades.
ANEXO II
Condiciones habituales de seguridad y mantenimiento de la sala de exposiciones
de la Biblioteca Nacional de España
La Biblioteca Nacional de España aportará su sala de exposiciones con las
condiciones habituales de seguridad, mantenimiento y uso que se describen a
continuación. Cualquier necesidad especial referente a estos puntos la asumirá la
institución organizadora.
1.
La seguridad en sala de exposiciones
La BNE aportará un vigilante que controlará la exposición durante el horario de
apertura al público.
La BNE aportará alarmas de pinza para las obras enmarcadas y volumétricos para
las vitrinas. Tanto las alarmas como los volumétricos serán colocados por la empresa de
montaje siguiendo instrucciones del Área de Seguridad y Mantenimiento de la BNE
(sujeto a disponibilidad).
La sala de exposiciones está equipada con cámaras de seguridad. Si por la
disposición del montaje fuera necesario moverlas, la empresa de montaje contratada por
la institución organizadora tendría que hacerse cargo del desplazamiento de las cámaras
cve: BOE-A-2024-18256
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 220
Miércoles 11 de septiembre de 2024
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funcionamiento normal de la misma. En caso de disconformidad con los medios
disponibles, serán los organizadores quienes deberán completar los medios requeridos.
3.7 En el caso de que los organizadores deseen ampliar los medios técnicos o
personales que ofrece la Biblioteca Nacional de España, podrán aportarlos ellos mismos,
comunicándolo y aportando un listado con el nombre y el DNI de las personas que vayan
a intervenir, y previa autorización del Área de Seguridad y Mantenimiento de la Biblioteca
Nacional de España.
4.
Desmontaje
Del desmontaje serán responsables los organizadores de la exposición, con sus
propios medios, incluida la retirada de escombros.
Las salas deberán quedar en su estado original, reparando los desperfectos en caso
de que los hubiera.
5.
Inauguración
Se facilitará a la Biblioteca Nacional de España una relación de las personas
invitadas al acto de inauguración, así como de las personalidades que asistirán
previsiblemente a la misma.
En caso de necesitarse invitación para la entrada al acto, se avisará con anticipación
y será la organización con personal propio la que, acompañada por personal de
seguridad de la Biblioteca Nacional de España, se encargará de solicitar las invitaciones.
6.
Exposición
El manejo y mantenimiento de los equipos informáticos, audiovisuales, etc., estará a
cargo del personal de la organización, que tendrá disponible un teléfono durante las 24
horas para comunicar posibles incidencias.
La organización comunicará a la Biblioteca Nacional de España a qué personas
autoriza para realizar sesiones fotográficas o grabaciones. La autorización se hará por
escrito preferiblemente vía e-mail. En la medida de lo posible se utilizarán los lunes para
este tipo de actividades.
ANEXO II
Condiciones habituales de seguridad y mantenimiento de la sala de exposiciones
de la Biblioteca Nacional de España
La Biblioteca Nacional de España aportará su sala de exposiciones con las
condiciones habituales de seguridad, mantenimiento y uso que se describen a
continuación. Cualquier necesidad especial referente a estos puntos la asumirá la
institución organizadora.
1.
La seguridad en sala de exposiciones
La BNE aportará un vigilante que controlará la exposición durante el horario de
apertura al público.
La BNE aportará alarmas de pinza para las obras enmarcadas y volumétricos para
las vitrinas. Tanto las alarmas como los volumétricos serán colocados por la empresa de
montaje siguiendo instrucciones del Área de Seguridad y Mantenimiento de la BNE
(sujeto a disponibilidad).
La sala de exposiciones está equipada con cámaras de seguridad. Si por la
disposición del montaje fuera necesario moverlas, la empresa de montaje contratada por
la institución organizadora tendría que hacerse cargo del desplazamiento de las cámaras
cve: BOE-A-2024-18256
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 220