III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18090)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112173

4. Asegurar atención especializada para el alumnado con necesidad específica de
apoyo educativo.
– Atender al alumnado que requiere una respuesta educativa diferente a la ordinaria
por presentar necesidades específicas de apoyo educativo. De manera especial a
aquéllas que mantienen un elevado índice de prevalencia, aunque menor grado de
severidad, y que condicionan la adquisición de aprendizajes posteriores, así: el retraso
madurativo, los trastornos del aprendizaje, de la atención y/o alteraciones en la adquisición
y el desarrollo del lenguaje.
3.

Destinatarios

El destinatario del Programa es, preferentemente, el alumnado escolarizado en la
etapa de Educación Infantil y en los dos primeros ciclos de Educación Primaria en
centros sostenidos con fondos públicos.
Requisitos de los centros:
– Centros que recojan en sus documentos de centro/planes de mejora, líneas de
actuación/trabajo que favorezcan el desarrollo de los principios de la Educación Inclusiva:
Codocencia, DUA, programas de estimulación y prevención, apoyos especializados en el
entorno natural del alumnado, programas de colaboración Centros ordinarios/Centros de
Educación Especial de la zona.
– Centros que establezcan condiciones organizativas que facilitan la coordinación
docente y planificación educativa.
– Centros que incluyan propuestas para desarrollar planes de Formación (con la
participación de al menos un 60 % de la comunidad educativa) para la incorporación de
recursos inclusivos, o que se comprometan a incluir estas propuestas: docencia compartida,
accesibilidad universal, actuaciones educativas de éxito, sistemas aumentativos de
comunicación, apoyos especializados al servicio de las necesidades de todo el alumnado.
– Centros que articulen líneas de comunicación «preferentes» con las familias:
espacios, tiempos, cauces de participación, difusión de recursos del entorno, proyectos
de sensibilización para generar actitudes de inclusión, apoyo y ayuda hacia todos los
componentes de la comunidad educativa.
4.

Financiación

El crédito destinado al programa de Educación inclusiva con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.04.322L.456 de los Presupuestos Generales del Estado para 2024 es
por importe de 7.728.791,00 euros.
La concesión se efectuará por resolución del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las
actuaciones, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
General de Subvenciones. El pago de la ayuda se hará sin necesidad de constitución de
fianza o garantía, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.a) Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2, regla quinta, de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los créditos que corresponda gestionar a
cada comunidad autónoma se le librarán y harán efectivos por cuartas partes en la
segunda quincena natural de cada trimestre, sin que deba producirse más excepción a
esta regla que la del pago correspondiente al primer trimestre, que sólo podrán hacerse
efectivos una vez se haya aprobado definitivamente la distribución territorial de los créditos
y se hayan suscrito o formalizado los correspondientes compromisos financieros,
convenios o resoluciones, en los términos previstos en las reglas anteriores.
Para llevar a cabo este programa, el Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes, se compromete a aportar los fondos asignados a las actuaciones del

cve: BOE-A-2024-18090
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Núm. 218