III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18088)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia matemática, en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112152

rendimiento medio del alumnado de 4.º de Educación Primaria español fue de 502
puntos, frente a 527 de los países participantes de la OCDE. Se observa también en
primaria una importante diferencia con la media de los países de la OCDE en los niveles
inferiores de rendimiento (España, 35 %; OCDE, 26 %) y en los superiores (España, 4 %;
OCDE, 11 %). Asimismo, ya desde la primaria las diferencias entre el rendimiento de las
niñas y los niños son significativas a favor de estos últimos.
Teniendo en consideración estos antecedentes, se presenta un programa de
cooperación territorial enfocado a la mejora de la educación matemática de los jóvenes
españoles. En particular, se pretende principalmente incrementar el nivel de adquisición
de la competencia matemática en el alumnado. Las evaluaciones, tanto nacionales como
internacionales, permitirán hacer seguimiento de la evolución de esta competencia.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción modificada por
la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE) establece que todo el alumnado
debe cursar el área de Matemáticas (en Educación Primaria) y la materia de Matemáticas
(en Educación Secundaria Obligatoria) en todos los cursos de la escolarización obligatoria.
En relación a la propuesta de este programa de cooperación territorial, el Ministerio
pretende alcanzar «los objetivos educativos de carácter general referidos al alumnado,
profesorado y centros y reforzar las competencias de los estudiantes […] y contribuir al
equilibrio territorial en la compensación de desigualdades», como se indica en el
artículo 9 de dicha ley.
En la propuesta del programa se deben tener presentes los principios de equidad y
calidad. Tal y como expone el Informe Español de PISA 2022, los resultados muestran
que un alto rendimiento y una mayor equidad en la educación no son mutuamente
excluyentes. Sin embargo, en España existe una brecha de género significativa de 10
puntos en competencia matemática a favor de los chicos (478 frente a 468).
2.

Objetivos del programa

El objetivo general para 2024 es mejorar el nivel de desempeño en competencia
matemática del alumnado de Educación Primaria preferentemente desde 3.º Educación
Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Ciclos Formativos de Grado Básico.
Los objetivos específicos para 2024 son:
1. Atender al alumnado de manera personalizada.
2. Trabajar la brecha de género en la competencia matemática.
3. Formar a los asesores de las Administraciones Educativas (CompMatEdu),
coordinadores de centro y docentes que impartan matemáticas en las metodologías y en
estrategias para el aprendizaje competencial de las matemáticas.
4. Asesorar a los centros para el desarrollo de los planes de mejora de la competencia
matemática.
3.

Destinatarios

Alumnado de las enseñanzas de Educación Primaria (preferentemente desde 3.º
Educación Primaria), Secundaria Obligatoria y Ciclos Formativos de Grado Básico
matriculado en centros sostenidos con fondos públicos.
4.

Financiación

El Programa de Refuerzo de la competencia matemática dispone de un crédito con
cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.451.02 por importe de 64.894.392,00
euros para el ejercicio 2024.
La concesión se efectuará por Resolución del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las
actuaciones, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,

cve: BOE-A-2024-18088
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Núm. 218