III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18087)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia lectora, en el ejercicio presupuestario 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 112147

– Facilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes todos los
datos necesarios para el seguimiento y evaluación del programa y el cumplimiento con la
información requerida por la normativa correspondiente, así como la precisa para la
elaboración de las estadísticas e informes generales sobre el Programa de Refuerzo de
la Competencia Lectora de todos los cursos.
– En todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el Programa de Refuerzo de la Comprensión Lectora, la comunidad
autónoma deberá hacer constar la mención expresa siguiente: Programa financiado por
el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, así como incorporar el
logo institucional del MEFPD.
– Presentar una memoria evaluativa por curso que incluya el papel del programa en
el marco de las políticas educativas orientadas al éxito educativo de todo el alumnado,
así como del proceso de diseño, aplicación y resultados del programa en la comunidad
autónoma, donde se incluyan como mínimo las actuaciones realizadas y los resultados e
impacto obtenidos.
– Distribuir los fondos a los centros, en el ejercicio de sus competencias, de acuerdo
con las prioridades y objetivos de este programa.
Los centros educativos se comprometen a:
– Participar activamente en las actividades formativas que se desarrollen dentro del
programa.
– Desarrollar los planes de lectura de centro integrándolo con el resto de planes y
documentos organizativos intentando crear sinergias entre ellos.
– Presentar la consecución de los objetivos establecidos anualmente ante la
comisión establecida para tal efecto en la comunidad autónoma.
– Facilitar todos los datos que se requieran para el seguimiento y evaluación del
Programa de Refuerzo de la Competencia Lectora.
– No segregar internamente al alumnado.
10.

Evaluación y seguimiento

El programa se desarrollará teniendo en cuenta las siguientes fases en las que se
establecen mecanismos de seguimiento y evaluación:
Planificación.

Aprobado el programa y una vez recibidos los fondos para la financiación del mismo,
la comunidad autónoma enviará al MEFPD un informe inicial con la identificación
del 15 % de los centros con menor rendimiento de cada CC. AA en sus evaluaciones de
diagnóstico y el calendario de ejecución de las actividades, los objetivos a conseguir y la
financiación concedida. Este informe deberá además incluir información sobre el número
de asesores de la Administración educativa. Este número deberá ser suficiente para que
los centros puedan llevar a cabo el desarrollo del programa de una forma adecuada,
siguiendo los criterios establecidos en el apartado 8 de este PCT.
El programa y el plan de lectura de centro se evaluarán al final de cada curso por el
centro educativo, las comunidades autónomas y la Comisión de Seguimiento mixta de
las CC. AA y el MEFPD.
Al final de cada curso escolar las comunidades autónomas remitirán un informe
justificativo sobre el grado de ejecución del gasto y del avance de cumplimiento de los
objetivos establecidos.
2.

Desarrollo.

Para llevar a cabo el seguimiento de este programa, el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y las comunidades autónomas se comprometen a
designar y mantener una estructura de coordinación para la implementación, apoyo y

cve: BOE-A-2024-18087
Verificable en https://www.boe.es

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