III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Ayudas. (BOE-A-2024-18087)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 30 de julio de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa de cooperación territorial de refuerzo de la competencia lectora, en el ejercicio presupuestario 2024.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024
9.

Sec. III. Pág. 112146

Compromisos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes,
de las Comunidades Autónomas y de los centros educativos

Los compromisos adquiridos por las partes son los siguientes:
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, se compromete a:
– Adquirir un compromiso con las Comunidades Autónomas para la aplicación y
financiación del Programa de Refuerzo de la Competencia Lectora.
– Aportar los fondos comprometidos para el Programa de Refuerzo de la
Competencia Lectora que serán distribuidos en función de los porcentajes y los criterios
de distribución aprobados en el seno de la Conferencia Sectorial.
– Mantener una estructura de coordinación que colaborará con el equipo
responsable de cada comunidad autónoma en el apoyo y seguimiento de este programa.
– Facilitar y compartir con todas las administraciones educativas adheridas al
programa los materiales y recursos, tanto formativos como pedagógicos, que sean de
interés para el desarrollo de las actuaciones de acompañamiento al profesorado.
– En todas las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y
notificación sobre el Programa de Refuerzo de la Competencia Lectora, el MEFPD
deberá hacer constar la mención expresa siguiente: Programa financiado por el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, así como incorporar el logo
institucional del MEFPD.
– Realizar el seguimiento de las actuaciones del programa en cada comunidad
autónoma, en colaboración con el equipo responsable del mismo designado al efecto.
– Mantener reuniones con el comité científico y con los equipos técnicos de las
comunidades autónomas sobre aquellas cuestiones que se acuerden.
– Ofertar una formación inicial para el desarrollo del programa, además de la que se
pueda acordar, en colaboración con el Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de
Formación del Profesorado (INTEF).
– Realizar una evaluación global de la aplicación del programa al final de cada
curso, con la colaboración del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE).
– Diseñar y actualizar unas guías de buenas prácticas llevadas a cabo por los
centros educativos al finalizar el programa.
– Ofrecer información del Programa de Refuerzo de la Competencia Lectora en el
sitio web Leer.es del MEFPD.
– Llevar a cabo todas aquellas actuaciones que se acuerden entre el MEFPD y las
comunidades autónomas.

– Adquirir un compromiso con el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes para la aplicación y financiación del Programa de Refuerzo de la Competencia
Lectora.
– Ejecutar toda la financiación recibida del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes para el Programa de Refuerzo de la Competencia Lectora en el
plazo estipulado y mediante acuerdos con los centros para la realización y desarrollo de
las actuaciones.
– Designar un equipo técnico de referencia para llevar a cabo el seguimiento y
evaluación del programa, informando al Ministerio de Educación, Formación Profesional
y Deportes, cuando sea preciso, de las actuaciones que se desarrollan, proporcionando
información específica acerca de sus objetivos, población a la que se dirige, impacto
esperado, forma de ejecución, distribución territorial, entidad ejecutora, período de
ejecución y coste estimado.
– Facilitar y compartir con todas las administraciones educativas adheridas al
programa los materiales y recursos, tanto formativos como pedagógicos, que sean de
interés para el desarrollo de las actuaciones de acompañamiento al profesorado.

cve: BOE-A-2024-18087
Verificable en https://www.boe.es

Cada comunidad autónoma se compromete a: