III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-18110)
Resolución de 3 de septiembre de 2024, del Consorcio Centro Nacional de Experimentación de Tecnologías de Hidrógeno y Pilas de Combustible, por la que se publica el Convenio con la Fundación para la Investigación y Desarrollo en Transporte y Energía-Cidaut, para la ejecución de actividades de investigación relativas al Programa de energía e hidrógeno renovable incluido en los planes complementarios de I+D+I del Ministerio de Ciencia e Innovación, en el marco del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112354
b) Desarrollar un modelo conceptual para la oxigasificación de biomasa
lignocelulósica en lecho arrastrado, escalando al nivel de demostrador tecnológico, con
equipos y sistemas apropiados a ese nivel de madurez tecnológica.
c) Entregar al CNH2 los equipos, sistemas o instalaciones desarrolladas durante la
ejecución de las actuaciones, conformándose en última instancia demostrador
tecnológico que integre estas tecnologías y equipos asociados que permita verificar los
desarrollos previos y desarrollar/ensayar nuevas metodologías de tratamiento de
residuos ubicados en la provincia de Cuenca.
d) Por su parte, los investigadores de CIDAUT serán responsables de las
actuaciones que se indican en el anexo 1, en base al Presupuesto que se incorpora en el
anexo 2.
e) Realizar sus mejores esfuerzos para que las compras y entregas del material a
los investigadores se realice con la mayor celeridad.
f) Cumplir con todas las obligaciones legales derivadas del Plan Complementario o
los programas de origen de su financiación, en especial las medidas antifraude que
pudieran ser de aplicación.
El CNH2 se compromete a:
a) Presentar en tiempo y forma la documentación y/o información que deba
presentarse a lo largo del periodo de vigencia de la actuación ante el Ministerio o la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Informar a CIDAUT de cualquier información que le transmita el Ministerio o la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como cualquier otra que conozca y
que pueda afectar a la realización de las actuaciones.
c) Realizar los pagos indicados en el anexo 2.
d) Facilitar a CIDAUT la ubicación final de los equipos, con las condiciones de
espacio y suministros auxiliares que pudieran ser necesarios, así como los residuos
necesarios para su puesta en marcha, en el lugar de su instalación.
e) Colaborar de manera activa en el desarrollo de las actividades técnicas
recogidas en el anexo 1.
f) Facilitar las tareas de coordinación para la optimización del desarrollo de las
actividades recogidas en el presente convenio.
Durante la vigencia de este convenio, en los términos expresados, las partes se
comprometen y garantizan la realización del trabajo de manera diligente y ejerciendo
todos los esfuerzos razonables, el cuidado y la habilidad que se espera de instituciones
de excelencia y de alta calidad en la prestación de trabajos de la misma naturaleza que
los desarrollados bajo este acuerdo, con el objetivo de alcanzar hitos y objetivos del
proyecto en tiempo y forma.
Quinta. Coordinadores de las actuaciones.
Los Coordinadores designados por cada una de las partes actuarán como
representante y responsable de la coordinación general de cada actuación, su gestión, y
demás funciones previstas en el presente convenio.
Tanto CIDAUT como CNH2 se comprometen a trasladar a cada uno de los
Coordinadores el contenido de este convenio y sus anexos, con conocimiento pleno y
aceptación integra de los mismos.
Los Coordinadores del CNH2 serán los responsables de la dirección, coordinación y
administración económica del Plan Complementario deberán, además de sus
responsabilidades como Parte, realizar las tareas que se le asignan según se describa
cve: BOE-A-2024-18110
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112354
b) Desarrollar un modelo conceptual para la oxigasificación de biomasa
lignocelulósica en lecho arrastrado, escalando al nivel de demostrador tecnológico, con
equipos y sistemas apropiados a ese nivel de madurez tecnológica.
c) Entregar al CNH2 los equipos, sistemas o instalaciones desarrolladas durante la
ejecución de las actuaciones, conformándose en última instancia demostrador
tecnológico que integre estas tecnologías y equipos asociados que permita verificar los
desarrollos previos y desarrollar/ensayar nuevas metodologías de tratamiento de
residuos ubicados en la provincia de Cuenca.
d) Por su parte, los investigadores de CIDAUT serán responsables de las
actuaciones que se indican en el anexo 1, en base al Presupuesto que se incorpora en el
anexo 2.
e) Realizar sus mejores esfuerzos para que las compras y entregas del material a
los investigadores se realice con la mayor celeridad.
f) Cumplir con todas las obligaciones legales derivadas del Plan Complementario o
los programas de origen de su financiación, en especial las medidas antifraude que
pudieran ser de aplicación.
El CNH2 se compromete a:
a) Presentar en tiempo y forma la documentación y/o información que deba
presentarse a lo largo del periodo de vigencia de la actuación ante el Ministerio o la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Informar a CIDAUT de cualquier información que le transmita el Ministerio o la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como cualquier otra que conozca y
que pueda afectar a la realización de las actuaciones.
c) Realizar los pagos indicados en el anexo 2.
d) Facilitar a CIDAUT la ubicación final de los equipos, con las condiciones de
espacio y suministros auxiliares que pudieran ser necesarios, así como los residuos
necesarios para su puesta en marcha, en el lugar de su instalación.
e) Colaborar de manera activa en el desarrollo de las actividades técnicas
recogidas en el anexo 1.
f) Facilitar las tareas de coordinación para la optimización del desarrollo de las
actividades recogidas en el presente convenio.
Durante la vigencia de este convenio, en los términos expresados, las partes se
comprometen y garantizan la realización del trabajo de manera diligente y ejerciendo
todos los esfuerzos razonables, el cuidado y la habilidad que se espera de instituciones
de excelencia y de alta calidad en la prestación de trabajos de la misma naturaleza que
los desarrollados bajo este acuerdo, con el objetivo de alcanzar hitos y objetivos del
proyecto en tiempo y forma.
Quinta. Coordinadores de las actuaciones.
Los Coordinadores designados por cada una de las partes actuarán como
representante y responsable de la coordinación general de cada actuación, su gestión, y
demás funciones previstas en el presente convenio.
Tanto CIDAUT como CNH2 se comprometen a trasladar a cada uno de los
Coordinadores el contenido de este convenio y sus anexos, con conocimiento pleno y
aceptación integra de los mismos.
Los Coordinadores del CNH2 serán los responsables de la dirección, coordinación y
administración económica del Plan Complementario deberán, además de sus
responsabilidades como Parte, realizar las tareas que se le asignan según se describa
cve: BOE-A-2024-18110
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Núm. 218