III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18094)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico CSF Pacheco, de 114 MWp y 98,4 MWn (90,83 MW de potencia de acceso), y sus infraestructuras de evacuación, en Cartagena (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112230
2.
Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.
En virtud del análisis técnico realizado, el Programa de vigilancia ambiental previsto
en el estudio de impacto ambiental debe completarse con los aspectos adicionales que
se indican a continuación. El objetivo del citado programa en sus distintas fases es
garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias descritas, a través de un seguimiento eficaz de su aplicación, que se
plasmará en los correspondientes informes de vigilancia. Las medidas de seguimiento
cve: BOE-A-2024-18094
Verificable en https://www.boe.es
Cultural de la Región de Murcia, y adoptar en su caso, las medidas protectoras y de
compatibilidad propuestas por dicha administración, conforme a lo dispuesto en la
Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia. Estas medidas podrían incluir la necesidad efectuar nuevos sondeos
o excavaciones arqueológicas.
1.2.32 Se prohíbe la afección del Bien de Interés Cultural de los Molinos de Viento,
y se recuerda que, de acuerdo con el artículo 42.2 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo,
está prohibida cualquier instalación en los entornos de los monumentos.
1.2.33 Deberá elaborarse un Plan de autoprotección que contemple el riesgo de
incendio en todas las fases del proyecto. Este Plan tendrá en cuenta lo dispuesto en el
Plan Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Región de Murcia
(Plan INFOMUR), así como las normas previstas para evitar los daños a las personas,
bienes y medio ambiente.
1.2.34 En las superficies excluidas de instalación de elementos del proyecto por
encontrarse en zona de flujo preferente, se llevará a cabo un Proyecto de restauración
ambiental, compatible con el Plan de gestión del riesgo de inundación y la normativa
autonómica aplicable, con eliminación de las plantaciones agrícolas intensivas y
restablecimiento de la vegetación potencial y del paisaje natural asociado a la rambla de
Miranda. Su objetivo será la creación de hábitat potencial para especies de flora y fauna
amenazadas que potencialmente pueden colonizar o reintroducirse en ese espacio, y
servir como fuente de alimentación y área de campeo para aves, así como potenciar los
objetivos de calidad paisajística establecidos en la Estrategia del Paisaje de la Región de
Murcia, y en la Estrategia del paisaje del Campo de Cartagena y Mar Menor, pendiente
de aprobación. El proyecto incluirá la creación de charcas o bebederos para paliar los
factores ambientales limitantes de la zona. Este espacio tendrá la vocación de corredor
verde, en sinergia con el objetivo específico del Plan de ordenación territorial de la
cuenca vertiente del Mar Menor, contemplado en la Ley 3/2020, de 27 de julio, de
recuperación y protección del Mar Menor, así como con el Marco de actuaciones
prioritarias para recuperar el Mar Menor. La zona restaurada quedará dentro de los
límites del vallado del parque solar de Pacheco para su protección, siempre y cuando
este vallado sea autorizado por la Confederación Hidrográfica del Segura. Tanto la
recuperación ambiental que se lleve a cabo como el vallado deben ser compatibles con
la evacuación de avenidas ordinarias y extraordinarias. Esta medida se implementará
bajo la supervisión y aprobación del órgano competente en materia medioambiental de la
Región de Murcia y con el asesoramiento y seguimiento especializado en flora y fauna
de la Universidad de Murcia.
1.2.35 Se colocarán ocho cajas nido para aves de interés del ecosistema
circundante, tales como la carraca (Coracias garrulus) y el cernícalo primilla (Falco
naumanni), así como de murciélagos, y se instalarán hoteles de insectos en sus postes.
Tanto para las cajas nido, como para los hoteles de insectos, se seguirán las
recomendación de la «Guía de buenas prácticas para la integración de la conservación
de la fauna en el diseño y evaluación de plantas solares fotovoltaicas y medidas
ambientales asociadas», publicada por la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del MITECO. El diseño de los hoteles de insectos evitará la presencia
de huecos vacíos o de gran tamaño para evitar la creación de panales de Vespula
vulgaris, y primará la presencia de ramas y virutas compactadas y huecos de pequeño
tamaño.
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112230
2.
Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.
En virtud del análisis técnico realizado, el Programa de vigilancia ambiental previsto
en el estudio de impacto ambiental debe completarse con los aspectos adicionales que
se indican a continuación. El objetivo del citado programa en sus distintas fases es
garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias descritas, a través de un seguimiento eficaz de su aplicación, que se
plasmará en los correspondientes informes de vigilancia. Las medidas de seguimiento
cve: BOE-A-2024-18094
Verificable en https://www.boe.es
Cultural de la Región de Murcia, y adoptar en su caso, las medidas protectoras y de
compatibilidad propuestas por dicha administración, conforme a lo dispuesto en la
Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia. Estas medidas podrían incluir la necesidad efectuar nuevos sondeos
o excavaciones arqueológicas.
1.2.32 Se prohíbe la afección del Bien de Interés Cultural de los Molinos de Viento,
y se recuerda que, de acuerdo con el artículo 42.2 de la Ley 4/2007, de 16 de marzo,
está prohibida cualquier instalación en los entornos de los monumentos.
1.2.33 Deberá elaborarse un Plan de autoprotección que contemple el riesgo de
incendio en todas las fases del proyecto. Este Plan tendrá en cuenta lo dispuesto en el
Plan Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales de la Región de Murcia
(Plan INFOMUR), así como las normas previstas para evitar los daños a las personas,
bienes y medio ambiente.
1.2.34 En las superficies excluidas de instalación de elementos del proyecto por
encontrarse en zona de flujo preferente, se llevará a cabo un Proyecto de restauración
ambiental, compatible con el Plan de gestión del riesgo de inundación y la normativa
autonómica aplicable, con eliminación de las plantaciones agrícolas intensivas y
restablecimiento de la vegetación potencial y del paisaje natural asociado a la rambla de
Miranda. Su objetivo será la creación de hábitat potencial para especies de flora y fauna
amenazadas que potencialmente pueden colonizar o reintroducirse en ese espacio, y
servir como fuente de alimentación y área de campeo para aves, así como potenciar los
objetivos de calidad paisajística establecidos en la Estrategia del Paisaje de la Región de
Murcia, y en la Estrategia del paisaje del Campo de Cartagena y Mar Menor, pendiente
de aprobación. El proyecto incluirá la creación de charcas o bebederos para paliar los
factores ambientales limitantes de la zona. Este espacio tendrá la vocación de corredor
verde, en sinergia con el objetivo específico del Plan de ordenación territorial de la
cuenca vertiente del Mar Menor, contemplado en la Ley 3/2020, de 27 de julio, de
recuperación y protección del Mar Menor, así como con el Marco de actuaciones
prioritarias para recuperar el Mar Menor. La zona restaurada quedará dentro de los
límites del vallado del parque solar de Pacheco para su protección, siempre y cuando
este vallado sea autorizado por la Confederación Hidrográfica del Segura. Tanto la
recuperación ambiental que se lleve a cabo como el vallado deben ser compatibles con
la evacuación de avenidas ordinarias y extraordinarias. Esta medida se implementará
bajo la supervisión y aprobación del órgano competente en materia medioambiental de la
Región de Murcia y con el asesoramiento y seguimiento especializado en flora y fauna
de la Universidad de Murcia.
1.2.35 Se colocarán ocho cajas nido para aves de interés del ecosistema
circundante, tales como la carraca (Coracias garrulus) y el cernícalo primilla (Falco
naumanni), así como de murciélagos, y se instalarán hoteles de insectos en sus postes.
Tanto para las cajas nido, como para los hoteles de insectos, se seguirán las
recomendación de la «Guía de buenas prácticas para la integración de la conservación
de la fauna en el diseño y evaluación de plantas solares fotovoltaicas y medidas
ambientales asociadas», publicada por la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del MITECO. El diseño de los hoteles de insectos evitará la presencia
de huecos vacíos o de gran tamaño para evitar la creación de panales de Vespula
vulgaris, y primará la presencia de ramas y virutas compactadas y huecos de pequeño
tamaño.