III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-18094)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico CSF Pacheco, de 114 MWp y 98,4 MWn (90,83 MW de potencia de acceso), y sus infraestructuras de evacuación, en Cartagena (Murcia)".
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112227
1.2.3 La tierra vegetal obtenida en las labores de construcción del parque solar de
Pacheco conservará y será utilizada en labores de restauración de las zonas degradadas
en la misma instalación. En caso necesario, en las zonas con peligro de erosión se
utilizarán aportes de tierra vegetal adicionales.
1.2.4 Los paneles solares se instalarán mediante hinca, sin hormigonar el anclaje, y
evitando la realización de voladuras. La altura de colocación de los paneles solares debe
adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el
ganado.
1.2.5 Durante toda la vida del proyecto se mantendrá la capacidad productiva del
suelo dentro del vallado perimetral del parque solar de Pacheco, a través del
mantenimiento de la vegetación herbácea gestionada por la ganadería extensiva o la
promoción de la comunidad de lagomorfos autóctonos silvestres, quedando prohibido el
uso de fertilizantes, pesticidas y fitosanitarios dentro de las instalaciones y sus
inmediaciones. En el caso de controlar la vegetación con ganado, la carga ganadera se
establecerá de acuerdo con las recomendaciones del documento «Guía de buenas
prácticas para la integración de la conservación de la fauna en el diseño y evaluación de
plantas solares fotovoltaicas y medidas ambientales asociadas», publicada por la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO. Los métodos
mecánicos de control de la vegetación únicamente se utilizarán cuando lo anterior no sea
posible, y se evitará llevarlos a cabo durante el período de reproducción de las especies
presentes. En caso de que la vegetación natural no colonice de manera espontánea en
un período de un año, se realizarán siembras de especies nativas, implantando una
cubierta vegetal y evitando que el suelo quede desnudo, con la finalidad de retener agua
de lluvia, disminuir el riesgo de escorrentía, erosión y lixiviación, así como prevenir la
erosión y conservar el suelo.
1.2.6 El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a los viales existentes
y previstos, evitando especialmente las vaguadas. El trazado de los viales debe ser
balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.
1.2.7 Se priorizará el uso de los caminos y accesos existentes. En caso de tener
que ejecutar nuevos caminos o accesos, se realizarán con la mínima anchura y evitando
afectar a vegetación autóctona, en caso contrario deberá recabarse expresa autorización
del órgano ambiental de la Región de Murcia. En los accesos campo a través, se
evitarán los movimientos de tierras y la dotación de firme, adaptando la maquinaria a
emplear, priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual. Se
respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo
momento en condiciones de uso similares a las originales.
1.2.8 Previamente al inicio de las obras se realizarán prospecciones del terreno por
un técnico especializado con el objeto de identificar la eventual existencia de especies de
flora amenazada o vegetación de interés. No se afectará a flora protegida, y se cumplirá
con lo dispuesto en la normativa de protección de flora protegida, en particular, el
Decreto 50/2003, de 30 de mayo, por el que se crea el Catálogo Regional de Flora
Silvestre Protegida de la Región de Murcia. En caso de detectar la presencia de alguna
de estas especies que pudiera verse afectada por la realización de las obras, se
comunicará al organismo competente en biodiversidad de la Región de Murcia para
establecer las medidas de protección adecuadas.
1.2.9 Durante la fase de construcción, se balizarán y respetarán los ejemplares de
palmito (Chamaerops humilis) (al menos dos ejemplares presentes de acuerdo con el
estudio de impacto ambiental) y de taray (Tamarix canariensis) dentro del vallado
perimetral.
1.2.10 Si durante la fase de explotación se observase la aparición de ejemplares de
especies de flora protegida en el parque solar, se notificará el hecho al organismo
competente en biodiversidad de la Región de Murcia y se garantizará su supervivencia
en la forma que dicho órgano indique.
1.2.11 En el caso de detección de especies de flora exóticas invasoras, se
procederá a su inmediata erradicación, retirando todos los restos generados tras su
cve: BOE-A-2024-18094
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218
Lunes 9 de septiembre de 2024
Sec. III. Pág. 112227
1.2.3 La tierra vegetal obtenida en las labores de construcción del parque solar de
Pacheco conservará y será utilizada en labores de restauración de las zonas degradadas
en la misma instalación. En caso necesario, en las zonas con peligro de erosión se
utilizarán aportes de tierra vegetal adicionales.
1.2.4 Los paneles solares se instalarán mediante hinca, sin hormigonar el anclaje, y
evitando la realización de voladuras. La altura de colocación de los paneles solares debe
adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el
ganado.
1.2.5 Durante toda la vida del proyecto se mantendrá la capacidad productiva del
suelo dentro del vallado perimetral del parque solar de Pacheco, a través del
mantenimiento de la vegetación herbácea gestionada por la ganadería extensiva o la
promoción de la comunidad de lagomorfos autóctonos silvestres, quedando prohibido el
uso de fertilizantes, pesticidas y fitosanitarios dentro de las instalaciones y sus
inmediaciones. En el caso de controlar la vegetación con ganado, la carga ganadera se
establecerá de acuerdo con las recomendaciones del documento «Guía de buenas
prácticas para la integración de la conservación de la fauna en el diseño y evaluación de
plantas solares fotovoltaicas y medidas ambientales asociadas», publicada por la
Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO. Los métodos
mecánicos de control de la vegetación únicamente se utilizarán cuando lo anterior no sea
posible, y se evitará llevarlos a cabo durante el período de reproducción de las especies
presentes. En caso de que la vegetación natural no colonice de manera espontánea en
un período de un año, se realizarán siembras de especies nativas, implantando una
cubierta vegetal y evitando que el suelo quede desnudo, con la finalidad de retener agua
de lluvia, disminuir el riesgo de escorrentía, erosión y lixiviación, así como prevenir la
erosión y conservar el suelo.
1.2.6 El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a los viales existentes
y previstos, evitando especialmente las vaguadas. El trazado de los viales debe ser
balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.
1.2.7 Se priorizará el uso de los caminos y accesos existentes. En caso de tener
que ejecutar nuevos caminos o accesos, se realizarán con la mínima anchura y evitando
afectar a vegetación autóctona, en caso contrario deberá recabarse expresa autorización
del órgano ambiental de la Región de Murcia. En los accesos campo a través, se
evitarán los movimientos de tierras y la dotación de firme, adaptando la maquinaria a
emplear, priorizando el transporte con maquinaria ligera y el modo manual. Se
respetarán íntegramente las servidumbres de paso existentes, debiendo estar en todo
momento en condiciones de uso similares a las originales.
1.2.8 Previamente al inicio de las obras se realizarán prospecciones del terreno por
un técnico especializado con el objeto de identificar la eventual existencia de especies de
flora amenazada o vegetación de interés. No se afectará a flora protegida, y se cumplirá
con lo dispuesto en la normativa de protección de flora protegida, en particular, el
Decreto 50/2003, de 30 de mayo, por el que se crea el Catálogo Regional de Flora
Silvestre Protegida de la Región de Murcia. En caso de detectar la presencia de alguna
de estas especies que pudiera verse afectada por la realización de las obras, se
comunicará al organismo competente en biodiversidad de la Región de Murcia para
establecer las medidas de protección adecuadas.
1.2.9 Durante la fase de construcción, se balizarán y respetarán los ejemplares de
palmito (Chamaerops humilis) (al menos dos ejemplares presentes de acuerdo con el
estudio de impacto ambiental) y de taray (Tamarix canariensis) dentro del vallado
perimetral.
1.2.10 Si durante la fase de explotación se observase la aparición de ejemplares de
especies de flora protegida en el parque solar, se notificará el hecho al organismo
competente en biodiversidad de la Región de Murcia y se garantizará su supervivencia
en la forma que dicho órgano indique.
1.2.11 En el caso de detección de especies de flora exóticas invasoras, se
procederá a su inmediata erradicación, retirando todos los restos generados tras su
cve: BOE-A-2024-18094
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 218