I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-18051)
Real Decreto 877/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 111921

claramente sus objetivos, reflejados en su preámbulo y en la memoria que la acompaña.
También se encuentra acreditado el principio de eficiencia porque la iniciativa normativa
no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª y 21.ª
de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y en materia
de telecomunicaciones, respectivamente.
La subvención a la Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation se
financiará con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio para la Transformación y de
la Función Pública vigentes para el año 2023, estando prorrogados para el año 2024. La
aplicación conforme a la cual se articulará la concesión será la 33.04.467I.768 «Fundació
Barcelona Mobile World Capital Foundation» para la realización de actuaciones en su
ámbito de actuación para el desarrollo digital de nuestra sociedad y el impulso de
nuestro emprendimiento digital.
Para la tramitación de esta norma se han recabado previamente las conformidades
internas, el proyecto ha sido informado preceptivamente por la Secretaría General
Técnica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de acuerdo
con el artículo 26.5, párrafo cuarto, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, en tanto que
departamento proponente y por la Abogacía del Estado en la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial.
En cumplimiento con lo dispuesto en la legislación, se recaba informe del Ministerio
de Hacienda e informado por la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa del
Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
En su virtud, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función
Pública, con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de
Ministros en su reunión del día 3 de septiembre de 2024,
DISPONGO:
Objeto y finalidad.

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención
a la Fundació Barcelona Mobile World Capital Foundation, para contribuir a la
financiación del acuerdo regulado en el Real Decreto 612/2020, de 23 de junio, por el
que se acuerda transigir con «Groupe Spécial Mobile Association», respecto de las
consecuencias derivadas de la cancelación del «Mobile World Congress» en Barcelona
previsto entre el 24 y el 27 de febrero de 2020, que dispone que «para la Administración
General del Estado, el acuerdo transaccional supondrá mantener el compromiso
económico del 2020, esto es, hacer frente al pago de los 5 millones de euros anuales»,
destinados a que la FBMWCF haga frente al compromiso adquirido.
2. La finalidad de esta subvención es la de financiar las actividades derivadas de la
organización del evento de acuerdo con lo previsto en el acuerdo transaccional
correspondientes al ejercicio 2024, además de la realización de todas aquellas otras
actuaciones aprobadas por el Patronato de la Fundación «Barcelona Mobile World
Capital Fundación» y destinadas a lograr el objeto y finalidad de dicha Fundación, esto
es, promocionar y fomentar el uso de las tecnologías y soluciones móviles en los
distintos sectores de actividad, convirtiendo a la ciudad de Barcelona en el lugar de
referencia de encuentro global entre la tecnología móvil y los diferentes sectores
estratégicos que usarán dicha tecnología.
Artículo 2. Régimen jurídico aplicable y justificación de la singularidad de la subvención.
1. Esta subvención se regirá, además de por lo dispuesto en este real decreto y en
la resolución de concesión en la que se concrete, por lo previsto en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo,

cve: BOE-A-2024-18051
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.