I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-18050)
Real Decreto 876/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Unión Profesional para el desarrollo de un programa de formación de competencias digitales en el ámbito de los colegios profesionales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 218

Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 111911

ANEXO III
Instrucciones sobre la justificación de la subvención
La justificación de la subvención se realizará siguiendo los criterios, condiciones y
obligaciones que se detallan a continuación.
El proceso de justificación se realizará mediante hitos de justificación parcial, que se
llevarán a cabo con periodicidad trimestral y un hito de justificación final. Por cada hito de
justificación, la entidad deberá presentar una cuenta justificativa con el detalle de la
justificación de la parte fija, y la aplicación de los módulos económicos para la parte
variable, de acuerdo con lo expresado en el artículo 9 del presente Real decreto. Todo
ello debe estar conforme a lo estipulado en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en los artículos 72, 76 y siguientes del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como en el artículo 30 de dicha ley,
debiendo contener la documentación justificativa que se indica a continuación:
1.

Memoria de actuación justificativa

Por cada hito de justificación, se facilitará una memoria de actuación justificativa,
donde se incluirá la descripción de los trabajos realizados y sus resultados. El contenido
de esta memoria se dividirá, cuando aplique, en dos partes:
a) Para la parte fija, deberá incluir la descripción y evidencias de los trabajos
realizados en relación con los conceptos y actividades contemplados en el artículo 9 del
presente real decreto.
b) Para la parte variable, deberá incluir al menos la siguiente información:
– Descripción de las actuaciones realizadas de acuerdo con el anexo I.
– Listado de los cursos realizados, por Consejo o Colegio Profesional, por temática,
comunidad autónoma y provincia.
– Listado de profesionales formados, incluyendo:









Nombre y apellidos.
NIF.
Horas realizadas.
Si es colegiado, el número de colegiado. Si no, su titulación.
Si ha recibido el certificado de superación del curso formativo.
Porcentaje de profesionales formados desagregado por sexo.
Resultados de los cuestionarios de satisfacción.
Resultados de los cuestionarios de evaluación.
2.

Memoria económica justificativa

Por cada hito de justificación, se facilitará una memoria económica justificativa, que
se dividirá, cuando aplique, en dos partes:
Para la parte fija, deberá incluir al menos la siguiente información:

– Cuenta justificativa con la relación clasificada de los gastos e inversiones de la
actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión
y fecha de pago.
– Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el apartado anterior y la documentación acreditativa del pago.
– Todas aquellas evidencias documentales que demuestren la realización efectiva de
las actuaciones, y que podrán ser objeto de la auditoría correspondiente.

cve: BOE-A-2024-18050
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a)