I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2024-18050)
Real Decreto 876/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Unión Profesional para el desarrollo de un programa de formación de competencias digitales en el ámbito de los colegios profesionales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 9 de septiembre de 2024

Sec. I. Pág. 111905

marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas.
2. Además de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
será de aplicación el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y el artículo 10 del Acuerdo de Financiación entre la
Comisión y el Reino de España. En particular, en las medidas de información y
comunicación de las actuaciones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc.), se deberán incluir en lugar preferente y visible, así como en los
accesos los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión Europea, se incluirá el texto «Financiado por
la Unión Europea-Next Generation EU».
c) Se empleará también el logotipo del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR) con el nombre completo, siempre que sea posible, así como el
logotipo del Gobierno de España. No se utilizará cursiva, subrayados, ni otros efectos.
d) Se tendrán en cuenta las normas gráficas del emblema de la Unión y los colores
normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la
Comisión, de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación
del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se
refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del
programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las
características técnicas de las medidas de información y comunicación de las
operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos. También se
puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/
es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/
european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
3. A tal efecto, la entidad beneficiaria hará mención del origen de esta financiación
y velará por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, el emblema de la Unión Europea,
disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual, y una
declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU», junto al logo del PRTR, en particular cuando promueva las
acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada
dirigida a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
Artículo 22. Protección de datos de carácter personal.
1. Red.es garantizará la confidencialidad y reserva sobre cualquier información
confidencial que pudiera conocer con ocasión de las convocatorias, especialmente la de
carácter técnico, que no podrá utilizar con un fin distinto al de gestionar la subvención y
cumplir las obligaciones que rigen la misma.
La duración de la confidencialidad será indefinida mientras la mencionada
información ostente tal carácter, manteniéndose en vigor con posterioridad a la
finalización de la subvención, sin perjuicio de la obligación de Red.es de garantizar una
adecuada publicidad de las subvenciones concedidas; y de aquella que haya de ser
revelada de acuerdo con las leyes o con una resolución judicial o acto de autoridad
competente.
2. Todas las partes participantes en el Programa quedan obligadas al cumplimiento
del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos). De igual forma,
estarán obligadas al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de

cve: BOE-A-2024-18050
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Núm. 218