III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-18037)
Resolución de 2 de septiembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, SA, sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 217

Sábado 7 de septiembre de 2024

Sec. III. Pág. 111792

Viajeros, una serie de ventajas económicas en la obtención de los billetes de transporte
ferroviario, encuadrándose en el Programa de Acción Social de la Policía Nacional.
Renfe Viajeros se compromete a transportar dichos viajeros en las condiciones que
posteriormente se señalen.
El presente convenio no tiene carácter de exclusividad a favor de Renfe Viajeros,
pudiendo la Dirección General de la Policía establecer convenios o acuerdos con otras
entidades prestadoras de servicios de transporte, que resulten beneficiosos para sus
intereses.
Los derechos y obligaciones derivados del presente convenio afectarán, en cuanto
sea de aplicación, a las relaciones que en el desarrollo del mismo tenga Renfe Viajeros
con la Dirección General de la Policía.
Segunda.

Compromisos de la Dirección General de la Policía.

La Dirección General de la Policía se compromete a abonar a Renfe Viajeros las
cantidades que se deriven de la ejecución del presente convenio y a facilitar los datos
necesarios para el adecuado desarrollo del mismo, así como a efectuar la expedición,
entrega y renovación de la correspondiente tarjeta de viaje del personal de la Policía
Nacional.
Tercera.

Compromisos de Renfe Viajeros.

Por su parte, Renfe Viajeros se compromete a llevar a efecto los servicios solicitados
por la Dirección General de la Policía que se establezcan para cada caso en los anexos
del presente convenio, con idéntica calidad de servicios que los proporcionados al resto
de los usuarios de trenes regulares o especiales de viajeros, en cuanto a material
ferroviario, atención al viajero y horarios se refiere; igualmente se compromete a facilitar
a la Dirección General de la Policía los datos de facturación generados.
Cuarta.

Financiación.

La previsión de gasto anual de la aplicación del presente convenio asciende a un
máximo de 250.000 euros, cuya financiación se llevará a cabo con cargo al
presupuesto de gastos de la Dirección General de la Policía, aplicación
presupuestaria 16.03.132A.162.04-Acción Social.

El personal de la Dirección General de la Policía con derecho a reducción conforme al
presente convenio obtendrá una bonificación del 10 % de la opción o asiento seleccionado
por el viajero en todos los trenes AVE-Larga Distancia, AVLO, Media Distancia
Convencional (MDC) y Alta Velocidad-Media Distancia (Avant) y en MDC-Ancho Métrico
de Renfe Viajeros, porcentaje que le corresponderá abonar a la Dirección General de la
Policía, con las excepciones de los complementos adicionales a las tarifas, seleccionados
por los viajeros, que correrán exclusivamente por cuenta del mismo.
Igualmente dicho personal podrá acceder a la oferta comercial de plazas en cochecama.
Los descuentos se efectuarán sobre cualquier trayecto y clase de acomodación, con
independencia del cargo, categoría y grupo de clasificación del personal de la Policía
Nacional, en activo o en situación administrativa de segunda actividad y alumnado de la
Policía Nacional de la Escuela Nacional de Policía.
Sexta. Revisión de precios.
Los precios por la utilización de los trenes regulares se ajustarán a los que
establezca en cada momento la tarifa vigente aplicable.

cve: BOE-A-2024-18037
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Precios y forma de pago.