II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-17915)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111369
3.6 De la presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas
selectivas que efectúen los aspirantes se deducirá que éstos reúnen los requisitos de
participación establecidos en la base 2.1. Al final del proceso selectivo, los aspirantes
seleccionados aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos tal y como se
señala en la base 10.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro de los plazos previstos para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de
aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta resolución, que será
publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos
(apellidos, nombre y DNI anonimizado o número de identificación del documento
equivalente anonimizado) con indicación expresa de la causa de exclusión, así como los
centros donde estarán expuestas las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo
que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres
figuran correctamente en la relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 4.1 en
el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
El abono de la tasa fuera del plazo de presentación de la solicitud no será, en ningún
caso, causa de subsanación.
La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a
la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos
podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Salamanca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la citada resolución.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de Salamanca, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación
de la presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contenciosoadministrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya
producido la desestimación presunta del de reposición.
5.
Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso. Los
criterios para la valoración de méritos figuran como anexo I de la presente resolución.
5.2 Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo
como fecha límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2024-17915
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 215
Jueves 5 de septiembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 111369
3.6 De la presentación de las solicitudes de participación en las presentes pruebas
selectivas que efectúen los aspirantes se deducirá que éstos reúnen los requisitos de
participación establecidos en la base 2.1. Al final del proceso selectivo, los aspirantes
seleccionados aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos tal y como se
señala en la base 10.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro de los plazos previstos para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.8 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de
aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta resolución, que será
publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos
(apellidos, nombre y DNI anonimizado o número de identificación del documento
equivalente anonimizado) con indicación expresa de la causa de exclusión, así como los
centros donde estarán expuestas las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo
que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres
figuran correctamente en la relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 4.1 en
el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
El abono de la tasa fuera del plazo de presentación de la solicitud no será, en ningún
caso, causa de subsanación.
La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a
la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos
podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Salamanca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la citada resolución.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de Salamanca, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación
de la presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contenciosoadministrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya
producido la desestimación presunta del de reposición.
5.
Procedimiento de selección
5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso. Los
criterios para la valoración de méritos figuran como anexo I de la presente resolución.
5.2 Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo
como fecha límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado».
cve: BOE-A-2024-17915
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 215