II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-17915)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 111373

E. Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 %, deberán presentar
certificación de los órganos competentes de la Junta de Castilla y León que acredite tal
condición, así como un certificado de los citados órganos o de la administración
sanitaria, acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones
correspondientes.
F. Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo deberán acreditar tal
condición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 4/2017, de 26 de
septiembre, de reconocimiento y atención a las víctimas del terrorismo de Castilla y León.
G. Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de
género de Castilla y León, deberán acreditar tal condición de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.
9.2 Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
9.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presenten la documentación o del examen de la misma se deduzca que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios
de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9.4 Por el Rectorado se ofertarán los destinos a quienes acrediten los requisitos
antedichos, a los efectos de que formulen la correspondiente petición, que será resuelta
atendiendo al orden de puntuación definitiva.
En el caso de que se ofertaran plazas con formación específica en materia de
«Idioma extranjero: Inglés», se acreditará la posesión del nivel B1 exigido mediante la
superación de una prueba realizada por el Servicio Central de Idiomas. Esta prueba
tendrá una calificación de apto/no apto y consistirá en comprobar el dominio de la lengua
inglesa en las cuatro destrezas: comprensión auditiva, comprensión lectora, expresión
escrita y expresión oral. La duración total de la prueba será de una hora: Las dos
primeras tendrán una duración de 20 minutos, la tercera, 30 minutos y la cuarta, 10
minutos.
9.5 Una vez cumplidos los requisitos establecidos en la presente base y efectuada
la elección de destino por parte de los aspirantes, el Rectorado dictará resolución, en
virtud de la cual nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes seleccionados. La
toma de posesión de los aspirantes aprobados se efectuará en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el
«Boletín Oficial de Castilla y León».
9.6. Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana, deberán
acompañarse, necesariamente, de la correspondiente traducción oficial que podrá
realizarse en cualquiera de los siguientes organismos:
– En la representación diplomática o consular de España en el extranjero.
– En la representación diplomática o consular del país del que proceden los
documentos en España.
– Por traductor jurado debidamente inscrito y autorizado en España.
– Por el Servicio Central de Idiomas de la Universidad de Salamanca.
10.

Norma final

10.1 Los aspirantes por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas,
se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que
adopte el tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las
pruebas selectivas.

cve: BOE-A-2024-17915
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Núm. 215