II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-17915)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Auxiliar Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215

Jueves 5 de septiembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 111372

puntuación, no podrá haber más aspirantes que plazas convocadas siendo de aplicación
lo previsto en la base 6.9.
La motivación de la mencionada lista, en cuanto acto administrativo emanado de la
discrecionalidad técnica del tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida
al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
8.4 En caso de igualdad en la puntuación total, el criterio común de desempate será
el siguiente:
1.º Servicios prestados en la Universidad de Salamanca como personal funcionario
interino en la escala Auxiliar Administrativa, o como personal laboral de la categoría
Auxiliar y/u Oficial de Administración, y Auxiliar y/u Oficial de Bibliotecas. De persistir el
empate:
2.º Puntuación en los exámenes aprobados en procesos selectivos para el acceso
a la escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca. De persistir el
empate.
3.º Servicios prestados en la escala Auxiliar Administrativa en otras
Administraciones públicas.
4.º Agotadas todas estas reglas, tendrá prioridad el aspirante de mayor edad.
8.5 Finalmente, el Presidente del tribunal elevará al Sr. Rector Magnífico la
correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera a favor de los
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el
«Boletín Oficial de Castilla y León» esta relación de aspirantes aprobados con el orden
obtenido en el proceso selectivo.
8.6 Sin perjuicio de lo anterior, en previsión de los casos de renuncia del candidato
propuesto o cualquier otra causa que impida definitivamente su nombramiento como
funcionario, previa comunicación del Rectorado en este sentido, el correspondiente
tribunal elevará nueva propuesta de nombramiento, cuando así proceda, a favor del
siguiente aspirante que figure con mayor puntuación en el orden de valoración resultante
de la suma de las puntuaciones obtenidas en el proceso selectivo.
8.7 De conformidad con la base 6.11 cada una de las listas elaboradas por los
tribunales podrá ser objeto de recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico en el plazo
de un mes desde el día siguiente a la publicación de las correspondientes listas en la
sede del tribunal, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.

Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera

A. Fotocopia del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.
B. Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones correspondientes a la
escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Salamanca.
C. Original y fotocopia para su compulsa del título académico o certificación del
pago de los derechos de expedición del título. Asimismo, y en el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, se deberá aportar la documentación que acredite su
homologación.
D. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración pública ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II de esta
convocatoria.

cve: BOE-A-2024-17915
Verificable en https://www.boe.es

9.1 En el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en
que se hicieron públicas las listas de aprobados, los aspirantes aprobados deberán
presentar, en el Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios
de la Universidad de Salamanca, los siguientes documentos, siempre que no obren los
mismos en el expediente personal del aspirante: